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Sección: Estado de Veracruz

Avala TEV inscripción por planillas de regidores independientes

Jurisprudencia de Sala Superior señala que los independientes pueden optar por espacio en los cabildos

Rafael Mel?ndez Ter?n Xalapa, Ver. 28/10/2016

alcalorpolitico.com

Por mayoría de votos, el Tribunal Electoral del Veracruz (TEV) validó la modificación hecha por el Consejo General del Organismo Público Local Electoral de Veracruz (OPLE) que establece el registro por planillas de regidores independientes en los ayuntamientos veracruzanos, como lo hacen los partidos políticos.

Asimismo, se permite la integración de cabildos con ediles independientes por el principio de representación proporcional.

Los magistrados resolvieron de esta manera el Recurso de Apelación, identificado con la clave RAP 78/2016, interpuesto por el Partido Acción Nacional (PAN), en contra del acuerdo aprobado.



La resolución, de acuerdo a los juzgadores, contempla que los argumentos fueron declarados parcialmente fundados, pero ineficaces.

En la exposición del asunto se informó que Acción Nacional adujo que el OPLE rebasó sus funciones porque inaplicó disposiciones establecidas en el Código Electoral de Veracruz, que le prohíbe realizar el control constitucional, que es atribución de los órganos jurisdiccionales o tribunales electorales.

Se refirió que, aunque el OPLE puede interpretar la ley de la manera más favorable a los ciudadanos, incurrió en una violación constitucional al inaplicar los criterios establecidos en el artículo 261 del Código Comicial, que impide el registro de planillas de candidatos independientes a regidores por el principio de representación proporcional.



Pero, detallando el asunto, se indicó que luego de una revisión exhaustiva se rescató una jurisprudencia de Sala Superior que señala que los independientes sí pueden optar por una curul en los cabildos, por la vía plurinominal.

Aunque se aclaró que ello no exime al OPLE de acatar las normas y preceptos constitucionales y fundamentar y motivar las decisiones que tome, porque habría que determinar si incurrieron en una responsabilidad administrativa, al ir más allá de las facultades que la propia ley les otorga.

Es importante destacar que el proyecto fue aprobado con el voto en contra del magistrado José Oliveros Ruiz, que argumentó que la autoridad administrativa electoral debe hacerse atendiendo la legislación y no extralimitarse más allá de lo que establece, porque en este caso incurrió en una “inaplicación tácita de un precepto”.