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Sección: Estado de Veracruz

Bando de Policía y Buen Gobierno prohíbe consumir alcohol en vía pública de Veracruz

Se debe dar un advertencia, pero eso ya depende de quien esté a cargo del operativo: Germán García

Alejandro ?vila Veracruz, Ver.- 11/08/2017

alcalorpolitico.com

Germán García Contreras, director del Consejo de Protección Ciudadana y Vialidades, confirmó que el Bando de Policía y Buen Gobierno especifica en algunos de sus artículos que entre las faltas en vía pública que puede cometer un ciudadano está el consumir bebidas alcohólicas; aunque confirmó que primero se debe hacer un apercibimiento por parte de la persona que vaya al frente del operativo de seguridad.

Si bien aseguró que en Veracruz se especifica, como en otros puntos del país, que no se puede cometer este ilícito; señaló que en el Puerto existen zonas de tolerancia.

Al respecto de lo sucedido el viernes pasado, donde arremetieron en contra de turistas, periodistas y paseantes locales, apuntó que desconoce cómo fueron los hechos y tendría que revisar el dictamen que entregó la Policía Naval o la Secretaría de Seguridad Pública.



“Creo que la Ley es muy clara, pero también es sentido común de los compañeros que llevan estos cargos; tienen que hacer la interacción o el apercibimiento en primer recurso y en caso de hacer caso omiso a esta recomendación o exhorto, entonces sí tendrán que hacerse las detenciones”, refirió.

Explicó que normalmente en el caso de las personas del género masculino se les pide primeramente identificarse con credencial del INE y si proceden de Estados vecinos, se les hace el exhorto para que se retiren y dejen de consumir bebidas embriagantes en la vía pública.

El Bando de Policía y Buen Gobierno especifica en su artículo IV inciso a) que una persona se hace acreedora de una multa por cien a mil salarios mínimos al alterar la tranquilidad o el orden público, en cualquier territorio que le pertenezca al municipio.

En su inciso b), permitir que sus mascotas causen daños a personas, otros animales, propiedades municipales o privadas.



Mientras que en su inciso c), por ingerir bebidas alcohólicas en parques, jardines y vías o áreas públicas; salvo los casos de permisos previamente otorgados, como son: festividades de Semana Santa, Carnaval, 15 y 16 de Septiembre, así como desde las 21:00 horas del 31 de diciembre y hasta las 11:00 horas del 1 de enero.

La multa será decidida, otorgada y ejecutada en el caso específico de la zona del bulevar y espacios públicos en el municipio de Veracruz, por el jurídico de la Policía Naval, quien funge en esta jurisdicción como su Policía Municipal.