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Sección: Estado de Veracruz

Basificación no aumentará sueldos ni reducirá jornadas

- Tendrán derecho a base empleados estatales con antigüedad de más de 6 meses

- Nombramientos corresponderán a titulares de las dependencias; no podrán ocupar 2 cargos simultáneamente

Vivian Mart?nez Xalapa, Ver. 10/08/2016

alcalorpolitico.com

Trabajadores con más de seis meses laborando de forma ininterrumpida en el Poder Ejecutivo del estado de Veracruz tendrán acceso a una de las bases laborales que expedirá el Gobierno estatal mediante la Secretaría de Finanzas y Planeación; los nombramientos del personal a basificar corresponderán a los titulares de las dependencias y en cada nombramiento deberán especificarse categoría, funciones y el salario integrado correspondiente.

Según se desprende del Reglamento para la Formalización de las Relaciones Laborales del Personal de Base en la Administración Pública Centralizada, publicado este martes en número extraordinario de la Gaceta Oficial del Estado, estas bases estarán sujetas a la programación administrativa y presupuestal que establezca la Secretaría de Finanzas y Planeación (SEFIPLAN).

Con la expedición del Reglamento referido por el gobernador Javier Duarte de Ochoa la tarde de este martes, inicia el proceso de formalización de las relaciones laborales del personal a basificar.



La formalización permitirá la expedición del nombramiento a los trabajadores que en términos de la Ley cuenten con derecho a empleo definitivo y al salario integrado que comprende la remuneración, retribución, percepción o cuota diaria que reciban, el sobresueldo en su caso, así como las gratificaciones, premios, compensaciones, habitación, primas, recompensas, bonos, estímulos, comisiones, prestaciones en especie o cualquier otra cantidad o prestación entregada al trabajador por su trabajo regular y ordinario de todos y cada uno de los días de jornada laboral, inclusive los de descanso, indica el documento.

El Reglamento indica que no podrán reunirse en una sola persona dos o más cargos de carácter remunerado del Estado, de éste y la Federación, del Estado y el municipio, salvo previa autorización del Congreso o la Diputación Permanente en los términos que señale la ley, excepto en los empleos del magisterio y las consejerías o representaciones ante órganos colegiados, así como aquellos cargos que por efectos de un convenio de coordinación o alguna disposición legal, requieran para su ejercicio que el servidor público ostente simultáneamente dos nombramientos de diferentes ámbitos de gobierno.

El salario integrado y los conceptos que comprende, estarán estipulados en el tabulador de sueldos autorizado en el Decreto de Presupuesto de Egresos y el horario general de la jornada de trabajo vuelve a ser el mismo de los tiempos de Miguel Alemán Velasco, de las nueve a las dieciocho horas, con una hora para la comida.



Tratándose de los organismos descentralizados, se aplicarán las disposiciones del ordenamiento; pero en todo caso se deberán sujetar a las disposiciones que emitan sus órganos de gobierno; a la disponibilidad presupuestal; y a la programación administrativa que efectúen cada uno de los órganos de gobierno con la SEFIPLAN.

En los artículos transitorios se establece que la determinación del salario integrado, conceptos y prestaciones que comprende, se hará de conformidad con el tabulador de sueldos autorizado en el Decreto de Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2016.

También se indica que la basificación del personal no implica incremento de sueldos o salarios, ni que éstos podrán ser superiores a los que actualmente se perciben; tampoco implica reducción de la jornada laboral.



Las aportaciones correspondientes al Instituto de Pensiones del Estado (IPE) se efectuarán durante el resto del ejercicio fiscal del año 2016, con cargo al salario integrado del personal basificado, en la parte correspondiente que establece la ley de la materia, así como de conformidad con el procedimiento previsto en el presente ordenamiento, situación que se entenderá como cláusula laboral aceptada por el trabajador con la firma de recepción del nombramiento correspondiente.

A partir del inicio de la expedición de bases, las áreas administrativas de las dependencias centralizadas procederán a la elaboración del profesiograma respectivo.