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Sección: Estado de Veracruz

Cabildo de Xico reforma Bando de Policía y Buen Gobierno

- Por faltas podrá imponer multas hasta por 481 mil pesos

- Estas podrán permutarse por 36 horas de arresto o trabajo comunitario

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 30/08/2022

alcalorpolitico.com


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El Cabildo del Ayuntamiento de Xico aprobó imponer multas de 192.44 pesos a 481 mil pesos (de 2 a 5000 Unidades de Medida y Actualización) por infracciones al Bando de Policía y Buen Gobierno.

Aunque toda sanción impuesta en multa podrá permutarse por arresto de hasta 36 horas o por trabajo comunitario previa garantía para recuperar de inmediato su libertad.

En caso de realizar trabajo en favor de la comunidad, al infractor se le considerará por cada hora de trabajo, cuatro horas de arresto, debiendo ser remitido al área de Servicios Municipales para su cumplimiento.



Para la sanción económica, en caso de tratarse de un jornalero o ejidatario, la multa no podrá exceder del salario mínimo de un día, debiendo en todo caso completar la sanción con el trabajo comunitario.

Y al momento de una detención, es obligación de la autoridad competente hacer saber sus derechos al detenido, determinar la revisión médica correspondiente, y adminicular el dictamen de calificación de la falta con la conducta desplegada y los artículos de la norma violentada al pleno conocimiento del infractor.

Otras faltas al Bando son pintar anuncios, signos, símbolos, rayas, nombres, palabras o figuras; así como colocar propaganda o mantas, o hacer uso indebido de fachadas o bardas, de edificios públicos o privados, a monumentos, postes, árboles, puentes, pasos peatonales, semáforos, casetas telefónicas o señalizaciones sin autorización de la autoridad municipal o que infrinjan lo que establece la normativa en materia electoral y de imagen de Pueblo Mágico; y colocar publicidad o propaganda en los espacios públicos o privados en exteriores, con imágenes sexistas o que cosifiquen a las mujeres, niñas, niños o adolescentes.



Con la reforma al Bando de Policía y Buen Gobierno también se contempla la suspensión temporal o cancelación del permiso, la autorización, la cédula de empadronamiento o la licencia de funcionamiento respectiva y clausuras temporales o definitivas en caso de tratarse de un comercio, retención de mercancías, instrumentos u objetos materia de la infracción, respetando, en todo momento, los derechos humanos; demolición de construcciones; y arresto administrativo hasta por 36 horas.

También se estableció que cuando exista oposición a la ejecución de la clausura de un local o establecimiento, las autoridades municipales podrán hacer uso de la fuerza pública, en los términos que establecen las normas en la materia.

Las clausuras no procederán cuando el procedimiento haya sido impugnado ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Veracruz; que hayan cesado los efectos del acto impugnado; que falte el objeto o materia del acto y que no se probare la existencia del acto impugnado.



Entre las infracciones al Bando de Policía y Buen Gobierno que serán sancionadas destacan el asistir en estado de ebriedad o drogado a eventos y demás lugares públicos o encontrarse inconsciente por estado de ebriedad en los mismos.

Instalar tanques de gas y conexiones eléctricas en las calles y vías públicas; peleas o riñas en la calle que deriven en violencia física; y realizar lavado de vehículos con fines comerciales, así como trabajos de hojalatería, pintura, cambio de aceite, reparación mecánica, eléctrica u otros servicios similares a vehículos en la vía pública, siempre que no sean casos de emergencia.

Los comercios, las industrias y los prestadores de servicio serán sancionados cuando presenten documentación apócrifa ante la Subdirección de Comercio o Dirección de Desarrollo Económico, por no tener a la vista el permiso, licencia o cédula del comercio, o negarse a mostrarlo cuando se le requiera; no permitir el acceso a visitadores de verificación; colocar inflables, juegos, sillas o módulos para aseo de calzado fuera de los lugares autorizados; y ejercer actos de comercio dentro del área de cementerios, templos, iglesias, monumentos, edificios públicos y en aquellos lugares que por tradición y costumbre merezcan respeto, así como en contravención a las disposiciones reglamentarias de la materia.



También por no contar con dictamen de protección civil municipal; enajenar o traspasar puestos, cambiar o ampliar giro sin previa autorización de la autoridad municipal; revender boletos de entrada a espectáculos público; no pagar el impuesto correspondiente por la realización de eventos públicos; y por venta de material inflamable o explosivo sin contar con los permisos por parte de la autoridad competente.

Las disposiciones entrarán en vigor este miércoles en todo el territorio municipal de Xico.