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Sección: Estado de Veracruz

Calendariza SEFIPLAN pago de Participaciones Federales a los 212 municipios

Les entregará más de 12,300 mdp en 2022

Claudia Montero Xalapa, Ver. 02/03/2022

alcalorpolitico.com

La Secretaría de Finanzas y Planeación (SEFIPLAN) dio a conocer el calendario de entrega, porcentaje, fórmulas y variables utilizadas, así como los montos estimados de las Participaciones Federales que corresponden a los 212 municipios del Estado.

En la Gaceta Oficial del Estado número extraordinario 086, publicada la noche de este miércoles, se precisa que el total de recursos a distribuir entre las demarcaciones veracruzanas es de 12 mil 339 millones 868 mil 8 pesos, de los 55 mil 390 millones 690 mil 449 pesos que suman el monto estimado de los fondos a enviar por la Federación a la Entidad.

El documento firmado por el titular de la dependencia, José Luis Lima Franco, indica que este total que le corresponde a los municipios está integrado por 8 mil 996 millones 712 mil 589 del Fondo General de Participaciones; mil 758 millones 750 mil 851 pesos del Fondo de Fomento Municipal; 84 millones 654 mil 974 pesos de los Incentivos por el Impuesto Sobre Automóviles Nuevos; y 124 millones 99 mil 889 pesos del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.



Asimismo, 379 millones 627 mil 953 pesos del Fondo de Fiscalización y Recaudación; 277 millones 706 mil 528 pesos provienen de Ingresos derivados de la aplicación del Artículo 4-A de la Ley de Coordinación Fiscal; 22 millones 494 mil 206 pesos del Fondo de Compensación del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos y 42 millones 418 mil 729 pesos del Fondo de Extracción de Hidrocarburos.

Por cuanto hace al Impuesto Sobre la Renta, el monto a distribuir es de 653 millones 402 mil 289 pesos, aclarándose que estará en función a lo establecido en el Artículo 3-B de la Ley de Coordinación Fiscal (Anexo II-A), siempre que el salario de los trabajadores sea efectivamente enterado con cargo a las participaciones federales u otros ingresos locales del municipio.

La SEFIPLAN detalla que la distribución a los municipios se realizará de acuerdo con lo establecido en los artículos 7, 9, 10, 11, 12 y 14 de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado y los Municipios, donde el 50% se entregará con base en el Índice Municipal de Pobreza (IMP), y el 50% restante con base en el Coeficiente de Participación Municipal (CPM).



En cuanto al calendario de entrega, se especifica que los recursos del Fondo General de Participaciones correspondientes al mes de febrero se entregará mañana 4 de marzo, mientras que los del Fondo de Fomento Municipal el 7 de marzo; los de marzo el 1 y 7 de abril respectivamente.

Los de abril se otorgarán el 2 de mayo para el caso del primer fondo y el 9 de mayo para el segundo; los de mayo, serán ministrados el 1 y 7 de junio; los de junio, el 4 y 7 de julio; los de julio, el 1 y 5 de agosto; los de agosto, el 1 y 7 de septiembre; los de septiembre, el 3 y 7 de octubre; los de octubre, el 3 y 9 de noviembre; los de noviembre, el 2 y 7 de diciembre y finalmente los de diciembre, el 2 y 6 de enero de 2023.

En el acuerdo se aclara que toda deducción o afectación a las participaciones federales de los municipios deberá apegarse estrictamente a lo dispuesto en la Ley de Coordinación Fiscal y demás disposiciones legales aplicables, estar justificada y documentada y, en su caso, pagarse puntualmente al tercero involucrado.



Adicionalmente, se expone que la Federación realizará los ajustes y determinará las participaciones que correspondan a la recaudación obtenida en el ejercicio y formulará las liquidaciones que procedan, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley de Coordinación Fiscal.

Mientras que el Gobierno del Estado se compromete a entregar los fondos a los municipios, dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquél en que los reciba, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Coordinación Fiscal.

Por último, se indica que Cada Municipio deberá emitir el Comprobante Fiscal Digital por Internet CFDI por concepto de liquidación y pagos de las participaciones federales cuando éstas les hayan sido entregadas por el Estado, y enviarlo de manera electrónica o impresa a la Tesorería de la Secretaría de Finanzas y Planeación.