Debido a que la carga de trabajo en el Juzgado Primero de Primera Instancia en materia Penal con residencia en Poza Rica va en detrimento, el Consejo de la Judicatura aprobó su cierre y autorizó cambiar su denominación y competencia para constituirse en Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia en Materia Civil y con competencia en materia penal tradicional; entrará en funciones el próximo 1° de marzo.
Así también, autorizó otorgar competencia en materia familiar al Juzgado Sexto de Primera Instancia del Distrito Judicial de Veracruz con residencia en la Ciudad Judicial de Cardel, ver y al Juzgado Primero de Primera Instancia del Distrito Judicial de Xalapa con residencia en la Ciudad Judicial de Naolinco.
Los consejeros justificaron que en el referido Juzgado de Poza Rica han disminuido considerablemente los asuntos relativos al Sistema Penal Tradicional.
Al cierre del año 2023 dicho Juzgado tenía 114 asuntos en trámite, lo cual es resultante de la entrada en vigor del Sistema Acusatorio Penal y Oral, cuyo fortalecimiento aún continúa en la entidad, por lo que es razonable estimar que la disminución de la carga de trabajo sea total en el futuro inmediato.
Ante su cierre, los expedientes que estén actualmente en trámite de la materia penal, así como la documentación perteneciente, deberán continuar hasta su conclusión por el órgano jurisdiccional de nueva creación.
Se ordenó al Juzgado que cierra, hacer la depuración correspondiente de los asuntos concluidos para ser remitidos al Archivo Judicial de esta entidad.
Los trabajadores de confianza que se encuentren adscritos al citado Juzgado que cierra, continuarán con la relación laboral que tienen con el Poder Judicial, siendo readscritos en el Juzgado de nueva creación.
Aunado a ello, la decisión de crear un nuevo Juzgado en materia civil obedece a que el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Especializado en Materia Familiar del Distrito Judicial de Poza Rica, cuenta con un número considerable de asuntos en trámite de la materia civil y mercantil como resultado del cambio de denominación y competencia que se suscitó en el año 2022.
Con la finalidad que tal órgano jurisdiccional se avoque al conocimiento especializado de la materia familia, resulta procedente remitir los asuntos en trámite de la materia civil y mercantil al Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de reciente creación, a efecto de que cada órgano jurisdiccional atienda aquellos asuntos relativos a la materia que conocen, para lo cual, deberán tomarse las siguientes acciones:
El traslado de los expedientes y el procedimiento de entrega-recepción deberán concluir, a más tardar, el 29 de este mes de febrero, toda vez que a partir del 1° de marzo entrará en funciones el órgano jurisdiccional de nueva creación, que será supervisado por la Central de Visitaduría Judicial.
El Juzgado emisor deberá hacer la depuración correspondiente de los asuntos concluidos al Archivo Judicial, así como realizar los concentrados de la información para la remisión al Juzgado receptor, poniendo especial atención en aquéllos asuntos que llevan documentos base de la acción y resguardos en el secreto, debiendo finalmente remitir las apelaciones que se tengan pendientes, para evitar el extravío de los asuntos.
Y se instruye al Juez adscrito al Juzgado receptor, dar prioridad y conocer en los plazos que establece la Ley, lo relativo a los asuntos con término constitucional pendientes de resolver, garantizando en todo momento los derechos humanos de los justiciables.
Respecto del asunto de dotar de competencia a los Juzgados Primero de Primera Instancia del Distrito Judicial de Xalapa y Sexto de Primera Instancia del Distrito Judicial de Veracruz, con residencia en las ciudades judiciales de Naolinco y Cardel, respectivamente, se dijo que es una medida para que atiendan las controversias de naturaleza familiar.
Ello, con la finalidad de que el acceso a la justicia sea efectivo y la importancia de lograr que los particulares tengan más órganos disponibles para resolver las controversias, que permitan una redistribución de las cargas de trabajo y que los citados órganos jurisdiccionales atiendan dicha problemática que afecta principalmente a las personas que habitan en comunidades alejadas de los centros judiciales instalados actualmente, como lo es la población de los municipios de Acatlán, Miahuatlán, Alto Lucero, Tepetlán, Coacoatzintla y Jilotepec por decir algunos, que convergen en los alrededores de la Ciudad Judicial de Naolinco, Veracruz y en el caso de la Ciudad Judicial de Cardel, siendo los más cercanos los municipios Úrsulo Galván, Puente Nacional y Paso de Ovejas.
Esa medida hará posible que los justiciables pueden promover directamente en los Juzgados situados en las ciudades judiciales en mención, sin necesidad de desplazarse hasta las cabeceras distritales, para que así conozcan las controversias de naturaleza familiar que por grado corresponde a esa categoría.