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Sección: Estado de Veracruz

Cárcel y multa a quien destruya o inutilice documentos del Archivo General de Veracruz

Sanciones están en los lineamientos que entran en vigor este miércoles para la consulta de acervos documentales

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 25/06/2025

alcalorpolitico.com


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La Dirección del Archivo General del Estado de Veracruz (AGEV) emitió los Lineamientos para la consulta, reproducción y uso del contenido de los acervos documentales, que establecen las normas y directrices que deberán observar los usuarios que deseen efectuar la consulta de dichos documentos.

Los lineamientos que entraron en vigor este miércoles advierten que toda persona que sustraiga, oculte, altere, mutile, destruya o inutilice, total o parcialmente, información y documentos que se encuentran a resguardo del Archivo General, se hará acreedora a lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley General de Archivos, así como de las sanciones de la legislación penal que resulte aplicable.

La Ley General de Archivos, para esos supuestos, establece sanciones que van de 3 a 10 años de prisión y multa de 339 mil 420 pesos (3 mil UMA) a 565 mil 700 pesos (5 mil UMA).



A la persona que destruya documentos relacionados con violaciones graves a derechos humanos, alojados en algún archivo, que así hayan sido declarados previamente por autoridad competente, se le aplicará una pena de 3 a 10 años de prisión y multa de 339 mil 420 pesos hasta el valor del daño causado.

Ante ello, es responsabilidad de los usuarios cumplir con el buen uso y manipulación de los documentos, equipo e instalaciones del Archivo General del Estado, así como conservarlos en las condiciones que se encuentran.

Las personas servidoras públicas del AGEV a cargo de proporcionar el servicio de consulta tienen la facultad de solicitar al usuario la devolución de los documentos si se está haciendo mal uso de estos. Se le podrá cancelar el servicio al usuario que no cumpla con los presentes lineamientos y además se aplicarán las medidas pertinentes para garantizar la integridad física de los documentos.



Los lineamientos expedidos por Raúl de la Huerta Manjarrez, director general del AGEV, señalan que el horario de atención para la consulta de los acervos documentales será de las 8:30 a las 14:40 horas, aunque no especifica los días de la semana que da servicio.

Entre las reglas que deben cumplirse destaca que la consulta del acervo documental puede realizarse por un máximo de 2 personas. Únicamente está permitido el ingreso al área de consulta con hojas de papel sueltas, lápiz y los equipos registrados previamente.

El usuario es responsable de los objetos con los que ingresa, por lo que el AGEV no se hace responsable ante descuidos u omisiones. En caso de que el usuario deba salir del área de consulta momentáneamente deberá dar aviso a la persona servidora pública que le atiende y tendrá que entregar los documentos para que no queden expuestos en las mesas de trabajo.



El usuario deberá llevar guantes de látex, tela o nitrilo, limpios y sin roturas, cuyo uso es obligatorio, así como cubreboca, el cual deberá ser portado en todo momento cubriendo nariz y boca. En el caso del ingreso simultáneo de diversos usuarios, serán atendidos conforme al orden de llegada y en función de los lugares disponibles.

Para el manejo de cualquier tipo de documento, el usuario debe observar lo siguiente: Queda prohibido colocar sobre los documentos cualquier objeto como lápices, lupas, celulares o similares; así como recargarse sobre ellos o hacer presión de forma tal que sean susceptibles a daños físicos.

Tampoco se debe colocar volúmenes abiertos boca abajo; queda prohibido escribir, hacer anotaciones o calcar sobre los documentos y/o guardas, así como forzar la apertura o doblarlos, y en general realizar cualquier práctica que los dañe. Evitar rozar el expediente con la mano, manga, codo, bufanda, corbata o similares durante su manipulación.

Todo acervo será consultado previamente antes de solicitar la autorización para su reproducción, con la finalidad de evaluar el estado de conservación y condiciones de manipulación de los documentos.



El usuario deberá solicitar por escrito la autorización para obtener una copia digital de las imágenes de los acervos gráficos, el cual deberá contener: datos del usuario, dirección, teléfono y correo electrónico, datos de la institución de procedencia (en su caso), finalidad del uso de las imágenes, selección de imágenes a reproducir (fondo y/o colección, número de inventario, rollo, tira y número de negativo).