Ir a Menú

Ir a Contenido

Universidad Anahuac

Sección: Estado de Veracruz

Casi 7 años después, se promulga Reglamento de la Ley de Víctimas

El objetivo es el correcto funcionamiento del Sistema Estatal de Atención a Víctimas

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 10/02/2024

alcalorpolitico.com

El gobernador Cuitláhuac García Jiménez promulgó el Reglamento de la Ley de Victimas para el Estado de Veracruz, con el propósito de desarrollar sus mandatos, así como establecer las disposiciones necesarias para el debido funcionamiento y operación del Sistema Estatal de Atención a Víctimas, el Registro Estatal de Víctimas, la Asesoría Jurídica Estatal y el Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral.

La referida Ley entró en vigor el 5 de abril de 2017 y en el artículo sexto transitorio se señala, “el Ejecutivo estatal deberá expedir el Reglamento de la Ley dentro de los sesenta días hábiles siguientes a la entrada en vigor de la presente”.

A casi 2 meses para cumplirse 7 años de ese mandato, este sábado entró en vigor el Reglamento de la Ley de Victimas, que regula el funcionamiento de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención Integral a Víctimas y del Sistema Estatal de Atención a Víctimas.



La Comisión Ejecutiva tendrá por objeto garantizar, promover y proteger los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos, en especial los derechos a la asistencia, a la protección, a la atención, a la verdad, a la justicia, a la reparación integral y a la debida diligencia, desde un enfoque diferencial y especializado.

El Reglamento subraya que la Comisión Ejecutiva Estatal tendrá competencia en todo el territorio veracruzano, cuando los hechos victimizantes sean atribuibles a autoridades de carácter estatal o municipal y delitos del fuero común.

Además, será la encargada de elaborar el Modelo Integral de Atención a Víctimas, el cual contendrá: Los mecanismos de articulación y coordinación entre integrantes del Sistema Estatal, Dependencias y entidades competentes para garantizar el acceso oportuno a los servicios de ayuda, asistencia, atención, protección y reparación integral a las víctimas de violaciones de derechos humanos o de delitos del fuero común en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.



Los protocolos a seguir para el otorgamiento de los servicios referidos en la fracción anterior; las áreas administrativas de la Comisión Ejecutiva Estatal a cargo de coordinar o brindar directamente la ayuda, asistencia y atención a las víctimas y las acciones necesarias para la oportuna y eficaz reparación integral.

También se deberá integrar Registro Estatal de Víctimas y para las inscripciones la víctima podrá solicitarlo, a través de sus representantes, familiares, persona de confianza o las Autoridades e Instituciones de Primer Contacto, en los términos de la Ley y de este Reglamento. La solicitud de inscripción al Registro podrá realizarse personalmente o vía correo electrónico.

Entre los artículos transitorios del Reglamento se establece un plazo de 120 días hábiles, a partir de este sábado, para la publicación de las reglas de organización y funcionamiento del Sistema Estatal de Víctimas; para proponer el Modelo Integral de Atención a Víctimas, al Sistema Estatal de Víctimas; para la emisión del Modelo de Atención Integral de Salud; y para la actualización de las reglas de operación del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral.