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Universidad Anahuac

Sección: Estado de Veracruz

Ciudadanos podrán afiliarse por sí mismos a nuevos partidos mediante app

INE aprobó nuevos lineamientos para el registro de partidos políticos locales

Apolinar Velazco Xalapa, Ver. 28/07/2021

alcalorpolitico.com

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó los nuevos “Lineamientos para la verificación del número mínimo de persona afiliadas a las organizaciones de la ciudadanía interesadas en obtener su registro como partido político local”.

En sesión celebrada la mañana de este miércoles, los integrantes del pleno avalaron el documento que prevé el uso de una app para afiliar a sus futuros militantes y el régimen de excepción para los ciudadanos que no asistan a la asamblea que deben realizar para solicitar su registro.

Los lineamientos también detallan los documentos con los que los partidos políticos nacionales y locales con registro vigente, cuyos militantes se localicen en más de un padrón de personas afiliadas, deberán acreditar la membresía de éstos, así como los procedimientos que los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE) y el INE seguirán para evaluar el cumplimiento de dichos requisitos legales.



Además, definen los criterios sobre el uso del portal web, alta y baja de auxiliares y retoman la modalidad de “mi apoyo” que permitirá que los ciudadanos se puedan afiliar sin la necesidad de un auxiliar y evolución del nombre inicial “autoayuda”.

Mediante una actualización de la aplicación móvil, el propio ciudadano podrá afiliarse al partido desde su dispositivo móvil.

Asimismo, contemplan los municipios que tienen régimen de excepción por un sistema de alta marginalidad, donde se podrá optar por la utilización de manifestaciones formales de afiliación en papel.



Cabe recordar que el artículo 10 de la Ley General de Partidos Políticos estipula que para que una organización de ciudadanos sea registrada como partido político local, debe contar con militantes en cuando menos dos terceras partes de los municipios de la entidad o de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal.

Estos militantes, se agrega, deberán contar con credencial para votar en dichos municipios o demarcaciones; y bajo ninguna circunstancia el número total de sus militantes en la entidad podrá ser inferior al 0.26 por ciento del padrón electoral que haya sido utilizado en la elección local ordinaria inmediata anterior a la presentación de la solicitud de que se trate.