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Clérigos ya no podrán ser candidatos

Diputados suprimen del artículo 75 del Código Electoral a los ministros de culto Ya encarrerados, corrigen un total 17 de artículos de dicha legislación

Javier Salas Hern?ndez Xalapa, Ver. 31/01/2007

alcalorpolitico.com

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Con la aprobación de una reforma al artículo 75 del Código Electoral de Veracruz, el Congreso local rectificó la “pifia legislativa” que había cometido al permitir la participación de ministros de culto religioso como candidatos a cargos de elección popular.

Con ello se impide a los religiosos participar en los procesos electorales de Veracruz, quienes ya no podrán incurrir a instancias jurisdiccionales para participar como candidatos el próximo 2 de septiembre, a pesar de que no se pueden hacer modificaciones a la ley electoral un año antes de los comicios.

Los congresistas recurrieron a una jurisprudencia que admite la posibilidad de realizar reformas legales en materia electoral aun cuando el proceso ya hubiere comenzado, si no son de naturaleza trascendental, todo ello “sin dañar alguno de los actos esenciales del proceso electoral”.

Ante esta jurisprudencia, los diputados lograron- reformar el artículo 75 del Código de Elecciones y eliminar a los ministros de culto religioso como posibles candidatos a un puesto de elección popular.

Y es que el gobernador Fidel Herrera y el Coordinador del Grupo Legislativo del PRD, Uriel Flores Aguayo, habían presentado dos iniciativas para reformar el artículo 75 y eliminar la posibilidad de que los ministros de culto religioso puedan ser candidatos a un puesto de elección popular.

Y es que durante las elecciones del 2 de septiembre –cuando se renovarán 212 alcaldías y 50 diputaciones-, los ministros de culto religioso podrían ser candidatos a un puesto de elección popular, ello debido a una “pifia” cometida por diputados locales en la aprobación de reformas al Código Estatal de Elecciones en octubre del año pasado.

En el artículo 75 de dicho ordenamiento legal, los diputados locales –en el mes de octubre- establecieron que los funcionarios estatales y municipales, así como ministros de cultos religioso deberán solicitar “licencia” de su cargo cinco días antes de su registro como precandidatos para poder contender por un puesto de elección popular.

Sin embargo, durante la sesión ordinaria de este miércoles, los legisladores resarcieron su pifia y de paso corrigieron diversos artículos que habían aprobado en la reforma integral electoral del mes de octubre del año pasado.