La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) acreditó violaciones graves a los derechos humanos cometidas por elementos de la Secretaría de Marina (SEMAR) y de la entonces Procuraduría General de la República (PGR), en agravio de siete víctimas en distintos estados, entre ellos Veracruz, donde ocurrieron actos de tortura y violencia sexual en Boca del Río y Jalapilla, en Rafael Delgado.
La Recomendación 188/2025 señala que “se acreditó la tortura de QV1, QV2, V1, QV3, V2, V3 y QV4.
Para e organismo, el hecho de que la tortura en agravio de las víctimas se haya presentado en 6 distintas entidades federativas del país, de forma reiterada, en un periodo del 2010 al 2011, “denota una violación grave a los derechos humanos”.
Tortura en Boca del Río
De acuerdo con el expediente CNDH/2/2023/14441/Q, el 22 de agosto de 2011, QV2 y V1 fueron detenidos por elementos de la Semar en Boca del Río. La CNDH documentó que “QV2 fue tableado en los glúteos, sometido a asfixia húmeda y que le fueron inducidas descargas eléctricas en la ingle y los testículos”.
En tanto, V1 relató que fue víctima de violencia física y sexual. “Refirió haber sido golpeada en diversas partes del cuerpo, sofocada por tres elementos, sometida a descargas eléctricas en varias zonas, además de un intento de agresión sexual.
La Comisión constató en dictámenes médicos la existencia de 62 lesiones, entre ellas quemaduras por electricidad. “Se estiman concordantes a las causadas por quemaduras eléctricas, siendo producidas estando bajo guardia y custodia de la autoridad que realizó la detención”.
Caso Jalapilla, Veracruz
Otro caso ocurrió el 28 de agosto de 2011 en Jalapilla, municipio de Rafael Delgado. Según el expediente CNDH/2/2023/18163/Q, QV3 fue detenido por marinos cuando buscaba un local para instalar una tortillería. “Me subieron a la camioneta a golpes y me hablaron con palabras groseras”, narró en su queja.
Un dictamen psicológico realizado conforme al Protocolo de Estambul concluyó que “padece daño emocional con alteraciones que han generado recuerdos angustiosos recurrentes, alteración del sueño, reexperimentación del trauma y síntomas de depresión relacionados directamente con los hechos sufridos”.
Patrón de abusos
La CNDH enfatizó que existió un patrón de actuación de las fuerzas armadas. “Del estudio y análisis de cada uno de los 6 expedientes relacionados con la presente Recomendación, esta Comisión Nacional advierte que el método para infligir el tipo de lesiones que presentaron las 7 personas agraviadas constituyó un patrón recurrente por parte de los elementos navales”.
Los actos fueron calificados como violaciones graves: “se acreditó la gravedad de los tipos de violaciones cometidas y su relación con el tipo de derechos humanos violentados. El artículo 88 del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos refiere a la tortura como infracción grave a los derechos fundamentales de la persona”.
Recomendaciones
La CNDH pidió a la Semar y a la Fiscalía General de la República reparar el daño a las víctimas y garantizar medidas de no repetición. Entre ellas, “brindar atención médica y psicológica por las violaciones graves a derechos humanos que dieron origen a la presente Recomendación, la cual deberá brindarse por personal especializado y de forma continua”.
También instruyó que se inscriba a las víctimas en el Registro Nacional de Víctimas y que se capacite a personal en bases navales de Nuevo León, Veracruz, Guerrero y Quintana Roo para “prevenir y erradicar la comisión de actos de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”.
La CNDH determinó que en Veracruz se cometieron violaciones graves tanto en Boca del Río como en Jalapilla. “Se concluye que QV1, QV2, V1, QV3, V2, V3 y QV4 fueron objeto de actos de tortura por parte de los elementos militares que realizaron su detención, por consiguiente, les fue violentado su derecho a la integridad personal”.