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Sección: Estado de Veracruz

Cobran vigencia convenios para que SEFIPLAN cobre predial de 14 Ayuntamientos

Los acuerdos durarán cuatro años y podrán darse por terminados anticipadamente

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 29/04/2022

alcalorpolitico.com

Desde este viernes cobraron vigencia los convenios que signaron otros 14 Ayuntamientos con el Gobierno del Estado para el cobro del Impuesto Predial, entre ellos, el del puerto de Veracruz que preside la panista Patricia Lobeira Rodríguez.

Los convenios tendrán vigencia cuatro años y, por ende, los actuales Ayuntamientos se comprometen a informar a la administración entrante durante el proceso de entrega-recepción sobre la celebración de dichos convenios, con la finalidad de que los próximos Alcaldes sometan a la consideración del Cabildo la continuidad.

Con el cobro del Impuesto Predial que hará el Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación (SEFIPLAN), los municipios podrán recibir el 30 por ciento adicional de lo que se recauda, cuyo importe será entregado en un plazo de 72 horas del registro de su recepción, con base en la información proporcionada de manera oficial.



Los convenios que cobraron vigencia, que también pueden darse por terminados anticipadamente, son lo que firmaron los Ayuntamientos de Acajete, Alvarado, Chontla, Chumatlán, Coatepec, Hueyapan de Ocampo, Manlio Fabio Altamirano, Orizaba, Misantla, Otatitlán, Tierra Blanca, Tuxpan, Veracruz Puerto y Zentla.

Con los convenios, los contribuyentes podrán pagar el entero del Impuesto Predial a través de la Oficina Virtual de Hacienda (OVH), en instituciones del Sistema Financiero Mexicano, o en los establecimientos autorizados para tal efecto.

Se podrá actualizar el padrón del Impuesto Predial en cuanto a los valores catastrales y movimientos presentados, a través de la información que proporcione el municipio, así como la que obtenga el Estado en el ejercicio de las facultades convenidas.



Se podrá autorizar el pago a plazos, ya sea diferido o en parcialidades, conforme a lo previsto en las disposiciones jurídicas aplicables; aunque también se podrán imponer multas, determinar y cobrar el Impuesto Predial, incluyendo los accesorios que se generen, a través del procedimiento administrativo de ejecución.