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Sección: Estado de Veracruz

Combatirán en el OPLE hostigamiento y acoso sexual y laboral

- Entran en vigor lineamientos para prevenir, sancionar y erradicar estas conductas

- Objetivo es garantizar en este organismo una vida libre de violencia

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 20/11/2021

alcalorpolitico.com

En el Organismo Público Local Electoral (OPLE) se cierra el círculo para prevenir, sancionar y erradicar y de ser necesario, investigar, el hostigamiento y/o acoso sexual o laboral y así garantizar una vida libre de violencia.

Al estar en vigor los Lineamientos para atender e instrumentar el procedimiento en ese tipo de conductas, se proporcionan los elementos para prevenir y atender las prácticas discriminatorias, el abuso de poder y la violencia; propicia espacios en los que imperarán los principios de democracia, equidad, tolerancia y respeto a la dignidad de todo ser humano y brindar orientación bajo los principios de no revictimización, confidencialidad y respeto a la dignidad de las víctimas.

Las disposiciones de los Lineamientos son de observancia obligatoria para el personal del OPLE, y para el personal de los Órganos Desconcentrados, con independencia de lo previsto en el Estatuto de Relaciones Laborales,



La Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos y la Secretaría Ejecutiva, serán las instancias instructora y resolutoria, respectivamente, competentes que podrán conocer y, en su caso, investigar y sancionar el hostigamiento y/o acoso sexual o laboral, del personal del OPLE.

Y la Unidad de Género, en ejercicio de sus atribuciones, deberá establecer la ruta crítica de prevención, atención y sanción a fin de erradicar conductas de hostigamiento, acoso sexual y laboral, además, tendrá la responsabilidad de contar con un registro de los casos, que permita su análisis para implementar acciones que las inhiban y erradiquen.

Mientras que la Secretaría Ejecutiva elaborará un informe estadístico anual sobre las denuncias de hostigamiento y acoso sexual o laboral que se hayan suscitado, mismo que deberá rendir ante la Junta General.



También se habrá de integrar un Comité de Seguimiento para generar información estadística sobre los casos de hostigamiento o acoso sexual o laboral, que se susciten en el OPLE.

Sesionará ordinariamente de manera trimestral y podrá reunirse de manera extraordinaria cuando así se considere necesario. El Comité se integrará por el Titular del Órgano Interno de Control, como presidente; el Titular de la Unidad Técnica de Igualdad de Género e Inclusión, como secretario Técnico; y por los Titulares de las Direcciones Ejecutivas de Asuntos Jurídicos y Administración.

En caso de que algún integrante de dicho Comité sea denunciado, éste deberá de excusarse de conocer del asunto y la presidencia del Comité, nombrará a quien deba sustituirlo de manera temporal.



En caso de advertir alguna conducta que pudiera constituir alguna falta administrativa podrá dar vista al Órgano Interno de Control, para que en uso de sus atribuciones y competencias determine lo que en Derecho corresponda.

Las quejas se podrán presentar ante Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos y se podrá hacer de manera escrita o verbal, además, se emitirán las medidas de protección correspondientes, garantizando que no habrá represalias en contra de quien presente la queja o denuncia.