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Sección: Estado de Veracruz

Comunidad indígena de Oaxaca gana round en batalla contra acueducto para Coatzacoalcos

- Durante juicio de amparo, localidad de Santa María Chimalapa logra suspensión definitiva contra la obra

- Impugna la autorización, el presupuesto y los permisos para incrementar la extracción de agua

- No hubo consulta previa, libre, informada y adecuada

José Topete Xalapa, Ver. 11/09/2026

alcalorpolitico.com


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Una comunidad indígena de Oaxaca obtuvo una suspensión definitiva contra actos relacionados con la construcción del acueducto que abastecerá de agua a Coatzacoalcos, luego de impugnar la autorización, el presupuesto y los permisos para incrementar la extracción del recurso, además de reclamar que el proyecto avanzó sin una consulta previa.

La medida fue concedida el 8 de septiembre por el Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Oaxaca, con sede en Salina Cruz, dentro del amparo indirecto 583/2026, promovido por el Comisariado de Bienes Comunales de la Comunidad Indígena Ancestral Zoque de Santa María Chimalapa. La comunidad impugnó una cadena de decisiones relacionadas con la obra denominada “Construcción del Acueducto del Sistema de Agua Potable de Coatzacoalcos, Veracruz”, entre ellas la orden, instrucción, autorización y validación presupuestal para su planeación y desarrollo.

También reclamó la omisión de una consulta previa, libre, informada y adecuada, así como la aprobación de estudios de viabilidad y la emisión de títulos de asignación, concesiones o decretos que permitan desviar o incrementar los volúmenes de agua destinados al proyecto.

Conceden suspensión

El Juzgado concedió la suspensión definitiva “en términos del considerando sexto” de la resolución, apartado en el que se establecen los actos alcanzados por la medida, sus efectos y las condiciones que deberán cumplirse. Ese punto resulta determinante para conocer hasta dónde afecta la suspensión a los trabajos del acueducto, pues el texto íntegro del considerando sexto no ha sido localizado entre la documentación pública revisada.

La resolución tampoco significa que la comunidad haya ganado el amparo ni que la obra haya sido cancelada. La suspensión es una medida cautelar que permanecerá mientras continúa el juicio y se resuelve el fondo de los reclamos.

El 1° de septiembre se reportó que el mismo Juzgado concedió una suspensión provisional y, un día después, CONAGUA presentó un recurso de queja para combatir esa determinación. De acuerdo con declaraciones del abogado de la comunidad, un Tribunal Colegiado mantuvo posteriormente la suspensión provisional, aunque estableció mecanismos de control. Finalmente, el 8 de septiembre, el Juzgado Sexto concedió la suspensión definitiva solicitada por Santa María Chimalapa.

Obras relacionadas

El litigio también pone bajo discusión 2 obras hidráulicas relacionadas entre sí, pero que corresponden a proyectos distintos. Una es el sistema Uxpanapa-La Cangrejera, infraestructura que ya existía y que durante 2026 entró en rehabilitación. CONAGUA anunció una inversión para aumentar su capacidad de aproximadamente 3.40 a 5.23 metros cúbicos por segundo. La otra es el nuevo acueducto La Cangrejera-Coatzacoalcos, destinado a conducir agua desde ese sistema hacia Coatzacoalcos.

Datos difundidos por autoridades en abril señalaron que esta última obra contempla alrededor de 13 kilómetros de conducción, una capacidad superior a mil 200 litros por segundo y una población estimada de 475 mil beneficiarios. El proyecto aparece registrado en Proyectos México con el número 1017 bajo el nombre “Construcción de la nueva fuente de abastecimiento de agua potable en Coatzacoalcos”.

Aunque se trata de obras distintas, Santa María Chimalapa sostiene que deben analizarse como parte de un mismo sistema hídrico, pues el agua que llegaría a Coatzacoalcos depende del aprovechamiento de la cuenca del Uxpanapa. La comunidad plantea que los posibles impactos no deben limitarse al sitio donde se construye la nueva tubería, sino considerar los efectos que una mayor extracción de agua podría tener aguas arriba.

Por esa razón, el amparo cuestiona no sólo la construcción del conducto, sino también los estudios de viabilidad, las autorizaciones para modificar los volúmenes de extracción y la ausencia de una consulta indígena.