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Sección: Estado de Veracruz

Con nueva ley, cometerá delito el funcionario que gane más que el Presidente

- Diputados retomaron minuta “congelada” desde 2011 que afecta salarios de todos los servidores

- Consigna delito de “remuneración ilícita” cuando se aprueben pagos no autorizados por ley

- Establece límites mínimos y máximos de sus percepciones ordinarias netas mensuales

- Congreso de la Unión discutirá Ley este 13 de septiembre; de aprobarse, se aplicará en 2019

José Topete Xalapa, Ver. 04/09/2018

alcalorpolitico.com

La bancada de MORENA en el Congreso de la Unión busca que el próximo jueves 13 de septiembre se dé pie a la regulación del salario de los servidores públicos del país, para que ninguno gane más que el Presidente de la República.

Lo anterior luego de que en la primera sesión de la LXIV Legislatura, la Mesa Directiva dio por cumplida la declaratoria de publicidad de la respectiva minuta —que permanecía “congelada desde 2011—, con vencimiento de plazo, que expide la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, Reglamentaria de los artículos 75 y 127 de la Constitución Política y se adiciona el Código Penal Federal.

Dicha Ley tiene como objetivo regular las remuneraciones que perciban los servidores públicos de los Poderes de la Unión y todos los demás entes públicos federales, incluidos aquellos dotados de autonomía constitucional. Así, de ser aprobadas por mayoría absoluta, ningún servidor público recibirá remuneración mayor a la establecida para el Presidente de la República.



De esta manera se disminuirían los ingresos de los servidores públicos del país de los tres poderes y de todos los organismos autónomos y ya podrá aplicarse al diseño del Presupuesto de Egresos del 2019. La Ley menciona que habrá un tabulador en donde se establezcan los límites mínimos y máximos de percepciones ordinarias netas mensuales para los servidores públicos, que incluyen la suma de la totalidad de pagos fijos, en efectivo y en especie.

También se añade que las remuneraciones y sus tabuladores son públicos, porque no pueden clasificarse como información reservada o confidencial. Los ejecutores de gasto público federal y demás entes públicos federales publicarán, en sus respectivas páginas de Internet, de manera permanente, las remuneraciones y sus tabuladores.

“No se concederán ni cubrirán jubilaciones, pensiones o haberes de retiro sin que éstas se encuentren asignadas por la ley, decreto legislativo, contrato colectivo o condiciones generales de trabajo. Además, se consignan los tipos de un nuevo delito al que se denomina de remuneración ilícita, aplicable cuando un servidor público apruebe o refrende una remuneración que no esté autorizada por la ley”.



La Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos reglamenta los artículos 75 y 127 de la Constitución Política, que en 2009 fueron reformados para que ningún servidor público pudiera ganar más que el Presidente. Debido a que no se aprobó la ley reglamentaria, la medida no se aplicó en los otros poderes, como el Legislativo y el Judicial.

Pese a lo anterior, se dejan intocables los ingresos de aquellos trabajadores que se rijan por un contrato colectivo de trabajo o cuando el trabajo sea el de un técnico calificado o de alta especialización.