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Sección: Nacional

Con previo permiso de COFEPRIS, mexicanos ya podrían cocinar con mariguana

Suprema Corte dio "luz verde" al consumo personal a través de la gastronomía

Julián Hernández Reyes Xalapa, Ver. 13/09/2026

alcalorpolitico.com


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En un contexto donde el tema del cannabis se relacionó con la política nacional e incluso la Presidenta del país se volvió centro de polémica al ser señalada como consumidora habitual por la reconocida periodista Anabel Hernández, esta semana la marihuana regresó al centro del debate público luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación autorizara la preparación de alimentos con cannabis en México, resolución alcanzada el pasado jueves 10 de septiembre que da "luz verde" al consumo personal a través de la gastronomía, sin embargo existen algunos detalles que permiten interpretar mejor dicha noticia.

De acuerdo con decreto publicado por la SCJN, se autorizó el autoconsumo recreativo de cannabis en alimentos preparados, esto luego de que se atendiera el caso de un ciudadano que hizo una solicitud formal a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) en el 2018, para que se le permitiera llevar a cabo recetas con cannabis como ingrediente de sus platillos.

Según lo descrito por la Suprema Corte, dicha solicitud no tuvo respuesta en su momento y el solicitante decidió levantar una “denuncia por incumplimiento de la Declaratoria General de Inconstitucionalidad 1/2018”, a través de la cual la SCJN determinó como inválida la prohibición absoluta del consumo lúdico de marihuana de acuerdo con la Ley General de Salud. Ante esta nueva determinación se ordenó a la COFEPRIS, instancia que no atendió la solicitud en un primer momento, emitir la autorización correspondiente.

COFEPRIS emitió la autorización, pero con restricciones, pues aún prohibía el autoconsumo, aunque ya se consideraba como “cumplida” la resolución emitida por la Suprema Corte, lo que generó inconformidad en el ciudadano y reclamó que dicha autorización no cumplía con los alcances establecidos por la resolución judicial.

Tras un análisis prolongado, la Suprema Corte consideró que la preparación de alimentos con cannabis o su principal psicoactivo, el Tetrahidrocannabinol, se inscribe en el marco de la cultura gastronómica y la actividad culinaria ordinaria, por lo que no equivale a la fabricación de productos sometidos a un régimen sanitario especial.
Lo anterior derivó en una nueva resolución judicial dirigida a la COFEPRIS, donde se le urgió a emitir la autorización clara y expresa para el uso de cannabis en alimentos preparados o semipreparados, destinando dicho uso única y exclusivamente al autoconsumo. Lo que quiere decir que sigue estrictamente prohibida la comercialización y distribución de marihuana en cualquiera de sus formas, así como el suministro de alimentos con este ingrediente a terceros.

Esto significa que, con previo amparo o permiso emitido por la COFEPRIS, a partir del 10 de septiembre está permitido usar esta sustancia en recetas de cocina destinadas al hogar y el consumo propio. Vale la pena señalar que dicho beneficio es válido solamente si las personas interesadas cuentan con su autorización sanitaria individual, por lo que dicho respaldo legal debe ser tramitado formalmente en la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.