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Sección: Estado de Veracruz

Condonan recargos y multas a concesionarios del Servicio Público de Transporte

- Se trata de recargos de ejercicios fiscales del 2013 al 2017, según decreto emitido por el Gobernador

- Deberán dar alta sus vehículos en el Registro Estatal de Contribuyentes y canjear placas antes del 30 de abril

Javier Salas Hern?ndez Xalapa, Ver. 17/02/2018

alcalorpolitico.com

El Gobierno del Estado condonó al 100% a las personas físicas y morales dadas de alta en el Registro Estatal de Contribuyentes, los recargos y multas que hayan causado sobre los derechos de control vehicular del Servicio Público de Transporte durante los ejercicios fiscales 2013, 2014, 2015, 2016 y 2017.

El Impuesto Estatal sobre Tenencia o Uso de Vehículos y los derechos de control vehicular del Servicio Público de Transporte y sus respectivos accesorios que se causen durante el Ejercicio Fiscal 2018; y el Impuesto Adicional para el Fomento a la Educación.

En el decreto emitido por el titular del Poder Ejecutivo se especifica que los beneficios surtirán efecto cuando se cumplan los siguientes requisitos:



Que los concesionarios de vehículos del Servicio Público de Transporte los den de alta en el Registro Estatal de Contribuyentes en materia vehicular; que los concesionarios que ya estén dados de alta en el Registro Estatal de Contribuyentes en materia vehicular realicen su canje de placas a más tardar antes del 30 de abril de 2018.

Los trámites deberán realizarlos a través de la Oficina Virtual de Hacienda, oficinas de Hacienda autorizadas o demás medios que para tal efecto autorice la Secretaría de Finanzas y Planeación.

La condonación al 100% de los derechos de control vehicular, la actualización, los recargos y multas a cargo de personas físicas y morales dadas de alta en el Registro Estatal de Contribuyentes en materia vehicular del servicio público de transporte que se hayan causado durante los ejercicios fiscales 2013, 2014, 2015, 2016 y 2017, entrarán en vigor a partir del día siguiente de la publicación del decreto en la Gaceta Oficial del Estado y estarán vigentes hasta el 30 de abril del 2018.



Y la condonación al 100% del Impuesto Estatal sobre Tenencia o Uso de Vehículos y los derechos de control vehicular de personas físicas y morales y sus respectivos accesorios, dadas de alta en el Registro Estatal de Contribuyentes en materia vehicular del Servicio Público de Transporte, estarán en vigor durante el período comprendido del 1 de enero al 30 de abril del 2018.

También se faculta a la Secretaría de Finanzas y Planeación para la interpretación y ejecución del Decreto, quien implementará el procedimiento para la devolución del pago de los derechos de control vehicular, así como el correspondiente Impuesto Adicional para el Fomento de la Educación a los titulares de concesiones, licencias, permisos o cualquier otro mecanismo jurídico por el que se preste el Servicio de Transporte Público en el Estado.