Los magistrados de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmaron la validez de la elección emitida por el Tribunal Electoral de Veracruz en los distritos electorales 15 (Veracruz), 23 (Cosamaloapan), y (24) Santiago Tuxtla.
Es decir, confirmó los triunfos de los abanderados por la coalición “Unidos para Rescatar Veracruz”, Bingen Rementería Molina, por Veracruz II, Gregorio Murillo Uscanga, en Cosamaloapan y de Jazmín Cotepe Zapot, en Santiago Tuxtla.
En el caso de Cosamaloapan, coincidieron en que el PRI hizo valer las causales de nulidad de votación recibida en las casillas, sin embargo, no se acreditan los elementos de la causal de nulidad de votación en estudio, declarándose infundado el agravio hecho valer por el recurrente.
Al resultar por una parte infundados y por otra inoperantes e inatendibles los agravios vertidos por el partido político actor, se confirman los resultados consignados en el acta de cómputo distrital, la declaración de validez y la expedición de las constancias de mayoría entregadas a la fórmula de candidatos a diputados por el principio de mayoría relativa.
En el caso del asunto controvertido por el PRI en contra de la declaración de validez de elección a diputado local por el distrito Veracruz II, expone en su demanda que el candidato de la Coalición “Unidos para Rescatar Veracruz”, integrada por PAN-PRD, Bingen Rementería Molina, se excedió en el gasto de su campaña, ya que durante ella tuvo publicidad por todo el distrito 15 y en los distritos 14 y 16, lo cual, violenta el principio de equidad por exceso de gastos de campaña.
Los agravios se consideran infundados porque atendiendo al contenido del dictamen consolidado de los gastos de campaña, emitido por la Unidad Técnica de Fiscalización documento idóneo para acreditar si se actualiza o no el rebase de tope de gastos de campaña, se advierte que Bingen Rementeria Molina no rebasó el tope de gastos de campaña impuesto por el OPLE Veracruz.