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Sección: Estado de Veracruz

Confirman magistrados amonestación en contra de Regidor de Martínez de la Torre

Asistió a inauguración de casa de campaña de la entonces candidata a la diputación local, Nora González, del PRI

Rafael Mel?ndez Ter?n Xalapa, Ver. 16/06/2016

alcalorpolitico.com

Los magistrados de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmaron la sentencia emitida por el Tribunal Electoral de Veracruz, con respecto a la imposición de una amonestación al regidor del ayuntamiento de Martínez de la Torre, Hugo Contreras Ortiz, por supuestos actos de proselitismo a favor de Nora Elizabeth González González, ex candidata a diputada local por la coalición “Para mejorar Veracruz”, por el distrito VII, con cabecera en ese municipio.

En la sesión pública de esta tarde, así se resolvió el SX-JE-14/2016, promovido por el supuesto agraviado en contra de la sentencia emitida por el TEV, el pasado 3 de junio de 2016 por el órgano jurisdiccional de Veracruz.

Haciendo una recuento del acto promovido, se recapitula que los juzgadores del TEV amonestaron públicamente a Hugo Contreras, por haber participado el 3 de mayo, considerado como un día hábil, en el evento de inauguración de la casa de campaña de candidata por la coalición “Para mejorar Veracruz” en el Distrito VII, con cabecera en esa ciudad, Nora Elizabeth González González.



El TEV, en esa fecha, contó con elementos suficientes para tener por demostrada la realización del acto mencionado, al cual asistió el servidor público señalado, en razón que la concatenación de las fotografías ofrecidas por el denunciante y de la aceptación del denunciado, se hacen prueba plena.

En ese entonces, se descartó el argumento del denunciado que se escudó de haber incurrido en una violación electoral, cuando mencionó que sí estuvo en el acto, pero con un permiso sin goce de sueldo desde ese día y hasta el 5 de junio.

No obstante, los magistrados afirmaron que dicho permiso no lo eximía de la violación en la que incurrió y que a pesar del permiso, él no perdía la figura de servidor público, lo que suponía la utilización de recursos para fines electorales.



Del caso, se ordenó dar vista con copia certificada de la resolución, al Congreso del Estado para los efectos legales conducentes.