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Sección: Estado de Veracruz

Congreso de Veracruz aprueba la reducción de la jornada laboral en México

Entidad avala la disminución gradual de horas semanales hasta llegar a 40 en 2030

José Topete Xalapa, Ver. 25/02/2026

alcalorpolitico.com


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Con 42 votos a favor, cero en contra y una abstención, el Congreso de Veracruz aprobó la minuta de reforma constitucional enviada por la Cámara de Diputados para reducir la jornada laboral y redefinir el esquema de límites y pago del tiempo extraordinario.

La abstención fue de la diputada local Montserrat Ortega Ruiz, de acuerdo con el cómputo reportado al cierre de la votación nominal en el tablero electrónico del pleno. La minuta reforma las fracciones IV y XI del Apartado A del artículo 123 de la Constitución, e incluye un calendario transitorio para la disminución gradual de horas semanales hasta llegar a 40 en 2030.

El núcleo de la minuta se concentra en la fracción IV del Apartado A del artículo 123. En el texto difundido por el Congreso local se establece: “La jornada laboral será de cuarenta horas semanales en los términos que establezca la Ley”. En el mismo bloque se mantiene la previsión de descanso mínimo semanal, asociada al ciclo de seis días de trabajo, con goce de salario íntegro, conforme a la redacción incorporada en la minuta.

La reforma también modifica la fracción XI del Apartado A, sobre trabajo extraordinario. El texto fija pago con sobretasa y un tope semanal, con reglas de distribución diaria. “Cuando por circunstancias extraordinarias deban aumentarse las horas de la jornada, se abonará como salario por ese tiempo un cien por ciento más de lo fijado para las horas ordinarias”, señala la minuta.

“El trabajo extraordinario no excederá de doce horas en una semana, las cuales podrán distribuirse en hasta cuatro horas diarias, en un máximo de cuatro días en ese periodo. La prolongación del tiempo extraordinario que supere lo establecido en el párrafo que antecede, obliga a la persona empleadora a pagar doscientos por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada ordinaria conforme a lo establecido en la Ley de la materia”. El proyecto incorpora una prohibición específica, pues las personas menores de dieciocho años no podrán laborar tiempo extraordinario.

Entrada en vigor hacia 2030

La minuta incluye un régimen transitorio que define cuándo comenzaría a surtir efectos el decreto, el plazo para adecuaciones legales y un calendario anual de horas. En el apartado transitorio se plantea que el decreto entre en vigor “el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación”.

También prevé un plazo para modificaciones a la legislación secundaria: “El Congreso de la Unión deberá realizar las reformas a la legislación secundaria en un plazo de 90 días a partir de la publicación del presente Decreto”. El transitorio tercero fija la ruta gradual con un cuadro anual: 2026 con 48 horas; 2027 con 46; 2028 con 44; 2029 con 42; y 2030 con 40.

Además, el transitorio cuarto establece una salvaguarda: “En ningún caso la reducción de la jornada laboral implicará la disminución de sueldos, salarios o prestaciones de las personas trabajadoras”. Durante los posicionamientos, una de las intervenciones cuestionó el alcance de la minuta y planteó que la reducción no debía diferirse.