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Universidad Anahuac

Sección: Estado de Veracruz

Congreso del Estado aprobó Ley que regula construcciones públicas y privadas

Busca que las edificaciones tengan niveles de seguridad y atienda necesidades para personas con discapacidad

Javier Salas Hern?ndez Xalapa, Ver. 05/03/2010

alcalorpolitico.com

Con la finalidad de garantizar la adecuada habitabilidad, funcionamiento, higiene y seguridad estructural de las edificaciones, el pleno del Congreso del Estado aprobó la Ley que Regula las Construcciones Públicas y Privadas del Estado de Veracruz.

La nueva Ley, cuya iniciativa fue enviada por el Ejecutivo estatal para su dictaminación, obligará a los constructores para que los proyectos de las edificaciones tengan los niveles de seguridad adecuados contra fallas estructurales, bajo cargas normales o accidentales, y se garantice un adecuado comportamiento estructural en condiciones normales de operación, ya sea que se trate de edificaciones nuevas, reparaciones, ampliaciones, demoliciones o cualquiera otra modificación.

Además, dispone que las edificaciones garanticen su rápido desalojo en caso de emergencias provocadas por sismos, incendios, explosiones o cualquiera otra causa, en los términos que la reglamentación municipal establezca sobre las características de puertas de acceso y de emergencia, circulaciones verticales y horizontales, rampas y, en su caso, sobre asientos y butacas, al tiempo que se tienen presentes las necesidades de las personas con discapacidades, pues se establecen normas básicas para permitir su libre paso.

Se establece la obligación de que las construcciones se respalden con la responsiva de peritos especializados, bajo regulación municipal, con lo que se podrá tener un control más estricto sobre las obras públicas y privadas para la tranquilidad y seguridad de los veracruzanos.

Prevé que las edificaciones estén provistas del servicio de agua potable que permita cubrir las demandas mínimas para el uso autorizado, así como de servicios sanitarios con el número y tipo de muebles que se establezcan en el reglamento municipal de construcción respectivo.

En lo que se refiere a edificaciones para la educación, se establece que éstas cuenten con áreas de dispersión y espera dentro de sus predios, donde desemboque la puerta de salida de los alumnos antes de conducir a la vía pública, así como con un carril de ascenso y descenso de alumnos.

Mientras que para asegurar la tranquilidad y el descanso de los vecinos, se exigirá que las construcciones destinadas a establecimientos para consumo de alimentos y bebidas, así como los centros de entretenimiento, estén aisladas acústicamente.

Ese tipo de edificaciones deberán garantizar su rápido desalojo en caso de emergencias provocadas por sismos, incendios, explosiones o cualquiera otra causa, en los términos que la reglamentación municipal establezca sobre las características de puertas de acceso y de emergencia, circulaciones verticales y horizontales, rampas y, en su caso, sobre asientos y butacas, al tiempo que se tienen presentes las necesidades de las personas con discapacidades, pues se establecen normas básicas para permitir su libre paso.

La dictaminadora mencionó que Veracruz carecía de una legislación en la materia, por lo que los únicos documentos de consulta que, en algunos casos, ocupaban las autoridades para otorgar permisos de construcción eran el reglamento del Distrito Federal o el reglamento Estatal de Construcciones.
Sin embargo, dicho reglamento carecía del respaldo de una ley vigente, además de estar obsoleto al dinamismo técnico constructivo de la época, por lo que el nuevo ordenamiento presenta innovaciones.

Por ello, entre las normas del nuevo ordenamiento se encuentran las relativas al pago de derechos por el uso y aprovechamiento de las vías y áreas públicas para instalaciones de telefonía, energía eléctrica, gas o cualquiera otra, lo que redundará en ingresos para los municipios que, a la vez, podrán establecer, para la operación de dichos servicios, condiciones que permitan la seguridad de las personas y de los inmuebles, el adecuado funcionamiento de las instalaciones y el cuidado de la imagen urbana.

Por ello, entre las normas que contendrá el nuevo ordenamiento, se encuentran las relativas al pago de derechos por el uso y aprovechamiento de las vías y áreas públicas para instalaciones de telefonía, energía eléctrica, gas o cualquiera otra, lo que redundará en ingresos para los municipios que, a la vez, podrán establecer, para la operación de dichos servicios, condiciones que permitan la seguridad de las personas y de los inmuebles, el adecuado funcionamiento de las instalaciones y el cuidado de la imagen urbana.