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Sección: Estado de Veracruz

Consulta sobre juicio a expresidentes será vinculatoria si vota 40% de los mexicanos

- INE estableció lineamientos y etapas para que ciudadanos emitan su opinión

- Resultados tendrán efectos en los tres años siguientes a partir de su validación

- SCJN notificará a las autoridades para realizar lo conducente para su atención

Apolinar Velazco Xalapa, Ver. 11/04/2021

alcalorpolitico.com

Para que los resultados de la consulta popular sobre el juicio a actores políticos (juicio a expresidentes), prevista para el próximo 1 de agosto, sean vinculatorios para los Poderes Ejecutivo y Legislativo federales, así como para las autoridades competentes, tendrá que participar al menos el 40 % de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores.

Así lo estableció el Instituto Nacional Electoral (INE) en los Lineamientos para la Organización de la Consulta Popular, los cuales constan de 85 artículos y dos transitorios. En estos describen las distintas etapas y procedimientos que se deberán llevar a cabo para que los mexicanos acudan ese día a emitir su opinión.

En el documento se precisa que cuando el resultado de la consulta sea vinculatorio tendrá efectos durante los tres años siguientes, contados a partir de la declaratoria de validez, conforme al artículo 64 de la Ley Federal del Consulta Popular (LFCP).



Para ello, el ente comicial lo hará del conocimiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la cual notificará a las autoridades correspondientes para que dentro del ámbito de su competencia realicen lo conducente para su atención.

En los lineamientos además establecen el Programa para la integración de las mesas receptoras de consulta popular (MRCP), la capacitación de sus integrantes estará a cargo de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica (DECEyEC) y deberá ser presentado para su aprobación a la Comisión de Capacitación y Organización Electoral en el mes de mayo próximo.

Se añade que las Juntas Distritales Ejecutivas se apoyarán en la contratación de personal eventual denominado supervisor/a de la consulta popular e instructor/a asistente de la consulta popular, por lo que se podrían recontratar a algunos de los que prestaron sus servicios de este tipo durante el Proceso Electoral 2020-2021.



Lo anterior, se aclara, bajo las precisiones que se establezcan en el programa y las propias previsiones presupuestales.

Las personas que sean recontratadas recibirán una capacitación específica para conocer las tareas que deberán realizar para integrar las MRCP, llevar a cabo las actividades de asistencia y para capacitar a los ciudadanos que las integrarán.

Los mexicanos que sean nombrados para conformar las mesas receptoras serán capacitados sobre los procedimientos para recibir las opiniones de la ciudadanía y emitir los resultados en una única etapa de capacitación.



Por otro lado, se estipula que el Secretario Ejecutivo del INE dentro de las 48 horas siguientes a la conclusión de los cómputos distritales, con base en las copias certificadas de las Actas de Cómputo Distrital de la Consulta Popular, procederá a informar al Consejo General en sesión pública el resultado de la sumatoria de los resultados consignados en dichas Actas.

Seguidamente, el pleno comicial realizará el cómputo total y la declaratoria de resultados, dentro de las 72 horas después de haber conocido el resultado de la sumatoria de los resultados consignados en los cómputos distritales, e informará a la SCJN los resultados de la misma.