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Sección: Estado de Veracruz

Continúa conflicto por límite territorial en municipios del sur de Veracruz

- Suprema Corte dejó sin efecto decreto 547 que establecía que colonia Tina Chica era de Chinameca

- Ahora dicha demarcación en disputa vuelve como parte de Oteapan

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 22/07/2023

alcalorpolitico.com


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El conflicto de límites territoriales entre los municipios de Oteapan y Chinameca no tiene para cuando resolverse, toda vez que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejó sin efectos el decreto 547 ratificado por el Congreso del Estado en enero de 2020, que establecía que la colonia Tina Chica pertenece a Chinameca y, por tanto, ese es el punto de referencia del límite entre ambas demarcaciones.

Por lo que ahora, la colonia Tina Chica vuelve al territorio de Oteapan y continúa el conflicto de límites territoriales entre los 2 municipios.

La Segunda Sala de la Corte, en atención a la controversia constitucional 39/2020 promovida por el Ayuntamiento de Oteapan, descubrió un cúmulo de irregularidades y violaciones procesales que generó “un potencial invalidante suficiente para declarar la inconstitucionalidad del procedimiento legislativo” y la invalidez del decreto.



Por esa razón, los ministros determinaron que es procedente y fundada la controversia constitucional promovida por el Ayuntamiento de Oteapan y declararon la invalidez del decreto impugnado.

Y en actual Congreso del Estado, en atención a la sentencia de la Corte, tuvo que dejar sin efecto el decreto Número 547.

Tan sólo, los ministros llegaron a la conclusión que el hecho de que el dictamen a discutir correspondiera a la resolución de un conflicto de límites territoriales que tiene un impacto particularmente notorio en los intereses, tanto de las autoridades como de los habitantes de los municipios, ello reforzaba la necesidad de propiciar las condiciones para una deliberación plural, informada, con la certeza de votos necesarios y en los tiempos que señala la Ley respectiva.



Lo que no ocurrió ya que se privilegió la conclusión del expediente sobre la satisfacción de las formalidades necesarias para colocar a las y los integrantes del Congreso local en posición de dilucidar el caso de la mejor manera.