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Sección: Estado de Veracruz

Continúan los amparos contra IMSS en Veracruz ante fallas en la atención a pacientes

Juez ordena atención inmediata para derechohabiente en la a UMF número 17 de Coatepec

Ángel Camarillo Xalapa, Ver. 14/01/2026

alcalorpolitico.com

Un Juzgado de Distrito con sede en Xalapa concedió una suspensión de plano a un derechohabiente del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para que reciba atención médica inmediata y sea canalizado de manera urgente a una cirugía especializada, al considerar que la omisión de dicho tratamiento ponía en riesgo su salud e integridad física.

El Juzgado Décimo Séptimo de Distrito en el Estado de Veracruz admitió el amparo indirecto 37/2026, promovido contra la omisión del Instituto Mexicano del Seguro Social, específicamente de la Unidad de Medicina Familiar número 17 de Coatepec, por no proporcionar atención médica integral ni autorizar oportunamente una cirugía de uretrotomía interna óptica endoscópica.

En su resolución, el juzgado determinó que la falta de atención médica podía generar consecuencias irreversibles en la salud del quejoso, por lo que decretó la suspensión de plano para ordenar a la autoridad responsable que, de manera inmediata, otorgue la atención médica necesaria, facilite la práctica de la cirugía indicada, y suministre los medicamentos, estudios y tratamientos requeridos para salvaguardar su salud.



El órgano jurisdiccional sostuvo que el derecho a la salud, previsto en el artículo 4° constitucional, impone al Estado la obligación de garantizar el acceso efectivo a servicios médicos, especialmente cuando se trata de padecimientos que pueden comprometer la vida o la integridad personal. Asimismo, citó criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que permiten la concesión de la suspensión de plano en casos donde la omisión de atención médica representa un riesgo grave.

De acuerdo con el expediente, el paciente fue intervenido quirúrgicamente en julio de 2025, pero continuó presentando molestias, por lo que un médico particular determinó la necesidad de una nueva cirugía. Aunque el derechohabiente solicitó atención en el IMSS y se realizaron estudios médicos en diciembre de 2025, hasta inicios de enero de 2026 no se le había otorgado fecha ni autorización para el procedimiento.

El juzgado requirió al IMSS informar en un plazo de 24 horas sobre el cumplimiento de la suspensión de plano, bajo apercibimiento de que el desacato podría constituir un delito equiparable al de abuso de autoridad. Posteriormente, tras la ratificación de la demanda, el amparo fue admitido a trámite y se fijó la audiencia constitucional para el próximo 5 de marzo de 2026. En su informe, la autoridad responsable señaló que se programó una cita médica para el 14 de enero de 2026, con el fin de que el quejoso sea valorado e inicie el protocolo prequirúrgico correspondiente. El caso continuará su curso legal mientras se verifica el cumplimiento efectivo de las medidas ordenadas por el juzgado para garantizar el acceso oportuno y completo a la atención médica reclamada.