La Contraloría General del Estado amplió hasta el 30 de junio el plazo que tienen los servidores públicos estatales para presentar las declaraciones de modificación de situación patrimonial 2026, correspondiente al ejercicio fiscal 2025.
El plazo para cumplir con esa obligación vence mañana domingo 31 de mayo, sin embargo, la dependencia informó que se da mantenimiento general a sus plataformas, lo que ha ocasionado interrupciones constantes que, de acuerdo con los reportes recibidos, no ha permitido a los usuarios acceder a la modalidad de 24 horas, 7 días de la semana para presentar su declaración de situación patrimonial.
Por ello, con el fin de coadyuvar al cumplimento de la obligación legal de todas las personas servidoras públicas de las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo del Estado, para presentar su declaración de modificación patrimonial 2026, correspondiente a la información del ejercicio 2025, el plazo se amplía un mes.
La Contraloría General del Estado, que preside Bárbara Galindo Ramos dio a conocer que, con motivo del procedimiento de entrega y recepción por la renuncia de Ramón Santos Navarro, se inició la revisión de las citadas plataformas encontrándose diversas áreas de oportunidad y mejora, en beneficio de los usuarios del sistema.
Suspenden plazos
La dependencia también informó que, debido a los trabajos de mantenimiento y actualización de servidores, red institucional y equipos de cómputo, con el objetivo de optimizar el rendimiento y fortalecer la conectividad, a efecto de garantizar una mayor estabilidad operativa, a partir del 11 de mayo quedaron suspendidos los plazos y términos legales de los procedimientos a cargo de la Dirección General de Transparencia y Protección de Datos Personales de la Contraloría General del Estado, únicamente respecto de los asuntos de su competencia.
Los plazos y términos suspendidos se reanudarán una vez concluidos dichos trabajos, lo cual será informado previamente por los medios correspondientes.
Como consecuencia de la suspensión decretada, no se realizarán ni practicarán notificaciones y requerimientos, así como el desahogo de diligencias y acuerdos dentro de los procedimientos que se encuentren en proceso de substanciación y ejecución, con excepción de aquellos que revistan urgencia y relevancia, por lo que será responsabilidad de los servidores públicos su desahogo o reserva correspondiente.