El Órgano de Fiscalización Superior (ORFIS) advirtió a los entes fiscalizables estatales y municipales que la contratación de empresas de nueva creación para ejecutar obra pública está fuera de la Ley, se presta a más interpretaciones, puede ser riesgoso y genera “sospechosismo”.
Recordó que al menos, la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con Ellas del Estado de Veracruz, señala entre los requisitos de una empresa para inscribirse al Padrón Estatal de Proveedores y así poder participar en la prestación de servicios, exhibir los contratos de obra pública ejecutada en los últimos tres años a la solicitud de inscripción; acta de entrega-recepción y finiquito de las obligaciones de dichos contratos, o en su caso señalar el estado que guardan los trabajos de obras públicas o servicios relacionados con ellas, para el caso de que se encuentren en ejecución.
“Si la Ley establece un margen, o establece una antigüedad para ser contratadas, entonces, en esos casos estarían, esas contrataciones, fuera de Ley”.
Como ejemplo citó que en el ORFIS se revisa a los despachos contables externos que desean inscribirse al Padrón para auxiliar en materia de fiscalización, y si no tienen la antigüedad debida, no pueden integrarse al Padrón de Despachos Externos y Prestadores de Servicios Profesionales de Auditoría Pública.
Agregó que, si hay disposiciones legales que limite la contratación de empresas de nueva creación y pese a ello se contratan, insistió, está fuera de Ley.
González Cobos, reconoció que es probable que la contratación de empresas de nueva creación puede ser riesgoso, pues se presta a interpretaciones indebida, da mucho qué pensar y se generan sospechosismo.
“Una empresa de nueva creación para realizar cualquier trabajo en una entidad da la impresión de que se tiene la intención de favorecerla, aquí creo, que lo que debe cuidarse no sólo es el aspecto jurídico, sino también evitar poner en entredicho la buena actuación de los servidores públicos”.
Para evitar cualquier suspicacia, dijo que lo ideal es adecuar el marco jurídico para establecer expresamente que las empresas tengan un tiempo determinado de fundada y prohibir la contratación de contratar empresas de nueva creación.