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Sección: Estado de Veracruz

Dan mayores atribuciones a departamentos de Contraloría del Poder Judicial

La actualizacion para la Dirección de Auditoría, Control y Evaluación y la Dirección de Responsabilidades, Situación Patrimonial y Quejas

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 21/07/2018

alcalorpolitico.com

Con la finalidad de fortalecer el sistema local anticorrupción, las atribuciones encomendadas a los entes de control y para realizar de manera oportuna y eficiente las funciones de control e inspección que rijan a los órganos y servidores públicos, el Consejo de la Judicatura actualizó las disposiciones del Reglamento Interior de la Contraloría del Poder Judicial de Veracruz.

En el reglamento se otorgan mayores facultades a la Dirección de Auditoría, Control y Evaluación, que tendrá los departamentos de Auditoría; y de Control y Evaluación.

Y la Dirección de Responsabilidades, Situación Patrimonial y Quejas que contará con los departamentos de Situación Patrimonial; y el de Responsabilidades y Quejas.



Entre las facultades de la Dirección de Auditoría, Control y Evaluación, destacan las de supervisar la planeación, programación y ejecución de las auditorías, revisiones y visitas de inspección.

Llevar a cabo auditorías, revisiones y vistas de inspección a los órganos fiscalizables que podrán ser financiera-presupuestal, de legalidad, de desempeño u operativas, que a su vez se subdividen en ordinarias y extraordinarias.

Verificar el correcto funcionamiento del Fondo Auxiliar para la Impartición de Justicia en término de los criterios y disposiciones legales aplicables.



Y elaborar los pliegos de observaciones y recomendaciones derivados de las auditorías, revisiones y visitas de inspección practicadas a los órganos fiscalizables, para someterlas a la consideración del Titular de la Contraloría.

Entre las atribuciones de la Dirección de Responsabilidades, Situación Patrimonial y Quejas, sobresalen las de establecer acciones preventivas y líneas de acción en materia de responsabilidades de los servidores públicos, así como vigilar, verificar, actualizar y registrar las declaraciones de los servidores públicos en el Sistema de Evolución Patrimonial, de Declaración de Intereses y Constancia de Declaración Fiscal.

Inscribir en el Sistema Nacional de Servidores Públicos y Particulares Sancionados de la Plataforma Digital Nacional, las constancias de sanciones o de inhabilitaciones que se encuentren firmes en contra de los servidores públicos o particulares sancionados.



Recibir y resguardar las declaraciones patrimonial y de intereses de los servidores públicos, por los medios previamente establecidos y en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Veracruz.

Y establecer acciones preventivas en materia de responsabilidades de los servidores públicos del Poder Judicial del Estado de Veracruz.

El Reglamento también establece que en todos los actos o procesos de entrega recepción de los servidores públicos del Poder Judicial, invariablemente, deberá intervenir un representante de la Contraloría del Poder Judicial, para el ejercicio de sus funciones.



Los procesos de entrega-recepción deberán realizarse en un plazo improrrogable de cinco días hábiles, contados a partir de la fecha en que renuncie o se le notifique su separación del cargo al servidor público saliente.