Este sábado entró en vigor el Decreto Presidencial que declara Zona de Monumentos Históricos una superficie del trazo del ferrocarril mexicano en su tramo Sumidero-Fortín de las Flores, que se ubica en los municipios de Ixtaczoquitlán y Fortín.
Por el vasto patrimonial histórico que existe en la zona, la Secretaría de Cultura y el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), luego de un estudio minucioso, solicitaron al presidente Andrés Manuel López Obrador emitir la declaratoria respectiva.
Dentro de la zona se encuentran 5 inmuebles y 2 conjuntos arquitectónicos de carácter ferroviario, civil y militar, con un valor histórico incuantificable, construidos entre los siglos XVIII y XIX y que conservan las características arquitectónicas propias de la región y que otorgan especial relevancia para el entorno.
Se trata del rancho del Fortín y la hacienda Las Ánimas, que incluye la casa principal, la capilla y el almacén.
La brecha Sumidero-Fortín de las Flores, donde está el antiguo conjunto ferroviario del ferrocarril mexicano en el tramo Sumidero-Fortín de las Flores, que incluye la Estación de Ferrocarril de Sumidero, la casa del guardapuente del tramo ferroviario Sumidero-Fortín de las Flores, el puente de Metlac, la Estación de Ferrocarril de Fortín de las Flores y los túneles 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 del Tramo Ferroviario Sumidero-Fortín de las Flores.
También el tanque de agua del tramo ferroviario Sumidero-Fortín de las Flores, el puente San Miguel en la carretera federal libre 150 Tehuacán-Córdoba y el rancho de Villegas en la carretera federal libre 150 Tehuacán-Córdoba.
En esa zona comprende más de 355 hectáreas, todo anuncio, aviso, carteles, cocheras, sitios de vehículos, expendios de gasolina o lubricantes; postes e hilos telegráficos y telefónicos, transformadores y conductores de energía eléctrica, e instalaciones de alumbrados, kioscos, templetes, puestos o cualesquiera otras construcciones permanentes o provisionales, construcciones u obras en los monumentos históricos, que se pretendan hacer deberá tener la autorización del Instituto Nacional de Antropología e Historia.
Cualquier acción u obra realizada en contravención de lo dispuesto por el Decreto, queda sujeta a las sanciones correspondientes establecidas en la normativa aplicable.
Las autoridades federales, estatales y municipales, en el ámbito de su competencia, así como los particulares, podrán colaborar con el INAH en el cumplimiento de lo previsto en este decreto.
Asimismo, deben hacer del conocimiento de las autoridades competentes cualquier situación que ponga en peligro la Zona de Monumentos Históricos del Trazo del Ferrocarril Mexicano en su tramo Sumidero-Fortín de las Flores.