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Sección: Estado de Veracruz

Dependencias estatales deberán priorizar compras sustentables

- En Gaceta publican lineamientos para que en adquisiciones se prefieran productos reciclables, biodegradables y no tóxicos

-En primer año de entrada en vigor, entes gubernamentales deberá aplicar mínimo el 10% de su presupuesto en estas compras

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 14/07/2018

alcalorpolitico.com

La Contraloría General del Estado y dos Secretarías de Despacho definieron los criterios para ponderar las compras sustentables que se lleven a cabo en la Administración Pública Estatal, con la finalidad de mejorar la calidad del medio ambiente y reducir los impactos del cambio climático.

Fijaron los lineamientos para que en los procesos de adquisiciones se prefieran productos compuestos total o parcialmente de materiales reciclables o reciclados, biodegradables, no tóxicos y que al desecharse puedan devolverse a los proveedores o dirigirse a sitios especializados para su reutilización, reciclado, remanufactura, tratamiento o disposición final.

Para ello, la Contraloría General del Estado y las Secretarías de Finanzas y Planeación y de Medio Ambiente, publicaron en la Gaceta Oficial del Estado el acuerdo que determinan los lineamientos generales y

específicos que establecen los criterios y rubros que deben considerar las dependencias y entidades al realizar Contrataciones Gubernamentales; acuerdo que entra en vigor a partir de este sábado.

Por ejemplo, entre las nuevas disposiciones para adquisiciones destacan en la compra de materiales y útiles de oficina:

En todos los artículos de papel y cartón, procurar que sean de fibras sustentables, entendiéndose como aquellas que sean recicladas, o provenientes de desecho de cultivos alternativos, o provenientes de bosques con certificación de manejo sustentable o que sean una combinación de las anteriores.



Para los artículos de cartón o cartoncillo, que sean de color natural, sin tintas, que no sean plastificados; para los lápices que sean fabricados con un porcentaje de material reciclado, de materia prima preconsumo o de madera proveniente de bosques con certificación de manejo sustentable; sin pintura ni barniz y sin goma; y para los bolígrafos, plumas, plumones y marcadores que sean fabricados con un porcentaje de material reciclado o de fibras sustentables y preferiblemente sean rellenables o recargables.

En edificaciones, incluyendo todo tipo de instalaciones:

Dar preferencia a diseños bioclimáticos (orientación idónea para efectos de iluminación y temperatura, viento, etc.); diseñar y construir en cumplimiento de normas mexicanas (NMX) sobre envolvente térmica, con el objetivo de que la edificación sea lo más energéticamente eficiente; evaluar la conveniencia del aislamiento térmico y acústico de techos, paredes y ventanas; usar materiales de construcción no tóxicos.



También se debe evaluar el uso de tecnología LED para iluminación (misma que deberá contar con certificado de cumplimiento a las 6,000 h emitido por la CONUEE); y en caso de no ser posible, optar por lámparas fluorescentes compactas (LFC) que cumplan con la NOM; y queda prohibida la adquisición y uso de lámparas incandescentes.

En la adquisición de vehículos terrestres se recomienda:



Elegir modelos con bajos consumos de combustible y emisiones de CO2, según la oferta del mercado en el momento de la compra y según el tipo de necesidades; preferir vehículos compactos y con bajo consumo de combustible a menos que por el uso al que se destine, se necesite lo contrario; considerar la opción de vehículos híbridos; y los vehículos, preferentemente, estará constituido en al menos un 25% de aluminio o de acero reusado o reciclado.

Estarán sujetos a los presentes lineamientos, los Titulares de las Dependencias y Entidades, los titulares de las unidades administrativas y/o equivalentes en las mismas, y demás servidores públicos encargados de realizar las contrataciones gubernamentales.



Los servidores públicos, que como resultado del incumplimiento de alguna de las disposiciones en materia de contrataciones gubernamentales, serán sancionados con apego a la normatividad que resulte aplicable al caso concreto.



En el artículo tercero transitorio se señala que durante el primer año en vigor de los presentes Lineamientos, las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, que realicen compras gubernamentales referentes a los supuestos aquí descritos, deberán aplicar los criterios y recomendaciones, en cuando menos, el 10% de su presupuesto asignado para la adquisición de los productos de las partidas referidas en el artículo segundo del presente Documento.

La Secretaría vigilará que desde el tercer año posterior a la entrada en vigor de los presentes Lineamientos, los criterios y recomendaciones, serán aplicados en cuando menos el 15% de su presupuesto asignado a la adquisición de los productos contemplados en las partidas mencionadas.



Asimismo, posteriormente al quinto año en vigor de los presentes lineamientos, los criterios y recomendaciones, serán aplicados en cuando menos el 20% de su presupuesto asignado a la adquisición de los productos contemplados en las partidas en las previamente señaladas.