Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

En Xalapa, no habrá descuento predial en propiedades con valor mayor a 883 mil pesos

- Personas de más de 60 años no tendrán 50% de descuento en predios que excedan valor de 10 mil salarios mínimos

- Sin embargo, para todos, hay descuento del 20% por pago temprano

Ángel Camarillo Xalapa, Ver. 16/11/2018

alcalorpolitico.com

El ayuntamiento de Xalapa prevé aplicar a la letra el artículo 122 del Código Hacendario Municipal y no concedería descuentos en el impuesto predial a jubilados, pensionados y adultos mayores cuyos predios excedan un valor de más de 10 mil salarios mínimos, es decir, 883 mil 600 pesos, calculados al mes de noviembre de 2018.

Por lo anterior, la Alcaldía prevé solicitar al grupo legislativo de MORENA iniciar una reforma al Código Hacendario Municipal para ampliar a todos los contribuyentes de la tercera edad el beneficio del 50 por ciento de descuento en el pago del Impuesto Predial.

Lo anterior, debido a que dicho beneficio sólo aplica a los propietarios de más de 60 años, con propiedades con un valor catastral inferior a los 883 mil pesos.



Consultada al respecto, una fuente oficial del Ayuntamiento explicó que el actual Código Hacendario de Xalapa aplica limitantes para disfrutar del descuento predial.

"Se está estudiando el caso, porque hay adultos mayores que quieren el beneficio del descuento, pero el Código Hacendario limita el beneficio al valor del predio", dijo.

En entrevista con alcalorpolitico.com, dicho funcionario, quien solicitó el anonimato, previó que la alcaldía de Xalapa recurra a los diputados de MORENA para formular una propuesta de reforma al Código Hacendario, vigente desde 2006.



Lo anterior ya que en su libro tercero, capítulo I, dicho reglamento estipula el beneficio del descuento a los contribuyentes; aunque en el artículo 119 se fija el descuento del 20 por ciento, universal, por pronto pago.

"Los sujetos de este impuesto que opten por el pago anual podrán efectuarlo en el mes de enero, en una sola exhibición y, en este caso, obtendrán un descuento del veinte por ciento, incluidos quienes paguen la cuota mínima", versa el numeral.

El artículo 122 especifica el descuento del 50% a los contribuyentes del impuesto predial pensionados y jubilados o, en su caso, a las viudas y concubinas legalmente reconocidas.



Lo anterior, siempre y cuando el contribuyente: a) resida en el inmueble, b) se encuentre al corriente y c) el pago se realice durante los meses de enero o febrero del ejercicio correspondiente.

El 122 amplía el beneficio universal a los contribuyentes mayores de 60 años, aunque impone el limitante de que el inmueble no rebase el valor de 10 mil salarios mínimos, es decir, 883 mil 600 pesos calculados en el actual 2018.

De acuerdo con el entrevistado, el exalcalde Américo Zúñiga Martínez no cumplió con el artículo 122 al conceder dicho beneficio de manera indiscriminada.



"En otras administraciones se ha pasado por alto esto y se ha aplicado parejo", dijo, pero esto implicaría en que el ejecutante incurra en una posible sanción administrativa.

Por lo que anticipó que a partir de enero de 2019, el 122 se aplique a la letra, es decir, que los contribuyentes con terrenos de más de 883 mil pesos no puedan acceder a este beneficio.

"Es un tema que no depende enteramente de nosotros pero vamos a hacer todo lo que esté en nuestras manos", finalizó.