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Sección: Estado de Veracruz

Desde 2016, Salud no ha pagado indemnización a paciente víctima de negligencia médica

- CEDH emitió recomendación y pidió reparar daño por hecho ocurrido en el CAE “Dr. Rafael Lucio”

- Determinó violación de derechos a la vida, integridad personal y a la salud de madre y su hijo recién nacido

Ángel Camarillo Xalapa, Ver. 22/09/2020

alcalorpolitico.com

De abril de 2016, la Secretaría de Salud de Veracruz no ha pagado una indemnización a una paciente víctima de negligencia médica y de violencia obstétrica en el Centro de Alta Especialidad "Rafael Lucio" de Xalapa.

El 7 de abril de 2016, la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) emitió la recomendación 03/16 por la violación de los derechos a la vida, a la integridad personal y a la salud de una madre y su hijo recién nacido en el CAE.

En la resolución, la CEDH solicitó a la Secretaría de Salud pagar una indemnización compensatoria por concepto de reparación del daño patrimonial y moral; sin embargo, el Índice de Cumplimiento de Recomendaciones de la propia Comisión advierte del incumplimiento de dicho pago.



Los hechos que amonesta la CEDH tuvieron lugar el 28 de marzo de 2014, cuando la quejosa ingresó al CAE "Rafael Lucio" en donde se atendió de un parto.

Sin embargo, durante su estancia, acusó que personal de salud incurrió en violencia obstrética contra la mujer y contra el recién nacido.

El desempeño de los trabajadores condujo a que el niño sufriera un paro respiratorio y daño cerebral por la asfixia sufrida durante el parto, además de una fractura en la clavícula derecha.



En la relatoría de hechos de la CEDH, se narra que la paciente suplicó en reiteradas ocasiones que le practicaran la cesárea, petición que fue ignorada por el personal que la indujo a parto natural.

En la recomendación, la CEDH determinó responsabilidad por parte del Estado en la persona de 3 doctoras y 3 doctores del CAE, servidores públicos del Estado de Veracruz.

"Al no haber brindado una atención médica adecuada, oportuna, eficiente y eficaz y acorde a los principios científicos y éticos para una debida praxis médica, que trajo como consecuencia que el recién nacido sufriera fractura de la clavícula derecha, deformación craneal, que cayera en un paro cardiorrespiratorio".



Derechos Humanos refirió que entre la principal secuela neurológica es que a sus dos años, el niño no podía caminar, moverse, ver, oír ni hablar y con respecto a ésta última, haber sufrido un desgarro perineal, grado III, entre otras afectaciones psíquicas derivadas del estado de salud de su hijo.

CEDH advierte por lo anterior, que la Secretaría de Salud apenas ha cumplido el 91 por ciento de la recomendación dictada.