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Universidad Anahuac

Sección: Estado de Veracruz

Desechan amparos contra desaparición de Juzgados en Veracruz

- Recursos se interpusieron contra cierre de los de Uxpanapa, Medellín de Bravo y Xalapa

- Quejosos no lograron acreditar que medida les cause agravio personal y directo, concluyen jueces

Claudia Montero Xalapa, Ver. 08/07/2021

alcalorpolitico.com

Jueces Federales de Xalapa, Boca del Río y Coatzacoalcos resolvieron desechar demandas de amparo promovidas en contra del Acuerdo del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, a través del cual desaparecieron 29 juzgados de distintas partes de Veracruz.

Los Jueces Quinto, Décimo y Decimoquinto de Distrito en el Estado de Veracruz coincidieron en que los Quejosos no lograron acreditar que el Acuerdo que aprueba el cierre de Juzgados del Poder Judicial del Estado de Veracruz, tomado por el Consejo de la Judicatura el pasado 30 de junio, les cause un agravio personal y directo, por lo que no contarían con un interés jurídico que los habilite para demandar su inconstitucionalidad.

Bajo esas consideraciones, el Juez Décimo de Distrito con residencia en Coatzacoalcos desechó el Juicio de Amparo 664/2021, promovido por el representante de la comunidad indígena chinanteca, quien reclamaba el cierre del Juzgado Mixto de Primera Instancia Micro regional con residencia en Uxpanapa, Veracruz, al considerar que se afecta su derecho al acceso a la justicia el hecho de que a partir del cierre de dicho Juzgado, los miembros de la comunidad tendrán que trasladarse hasta la ciudad de Coatzacoalcos para ser oídos por un Juez.



Sin embargo, el Juez Federal desestimó sus argumentos, estableciendo que dicho reclamo se basa en un acto futuro de realización incierta, que en este momento no causa un perjuicio real y definitivo en su esfera jurídica.

Misma suerte, corrió un usuario del Juzgado Décimo Octavo de Primera Instancia Mixto Modalidad Digital con sede en Medellín de Bravo, quien dentro del Juicio de Amparo 542/2021 reclamó que el cierre de ese Juzgado entorpecerá la correcta impartición de justicia, pues generará retrasos injustificados. En este caso, el Juez Quinto de Distrito con residencia en Boca del Río resolvió que no se causaba una afectación al derecho de acceso a la justicia, pues se habilitó a los Juzgados Sexto de Primeria Instancia y al Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia en materia familiar con residencia en Veracruz, para absorber la carga de trabajo del órgano jurisdiccional eliminado.

Finalmente, el Juez Decimoquinto de Distrito con residencia en Xalapa, al resolver el Juicio de Amparo 550/2021, promovido por un abogado litigante que señaló ser afectado por la desaparición del Juzgado Decimocuarto de Primera Instancia Mixto Modalidad Digital con sede en Xalapa, sostuvo que el Quejoso no logró acreditar un interés jurídico ni legítimo que le permita combatir el Acuerdo emitido por el Consejo de la Judicatura, señalando que “considerar que por la extinción de cierto número de órganos jurisdiccionales, indefectiblemente se va a provocar un retraso en la impartición de la justicia, no faculta a los gobernados, ni les brinda la oportunidad de acudir al juicio de derechos fundamentales, aduciendo un interés legítimo derivado del cierre de los veintinueve juzgados estatales a los que hace referencia la circular 18 precipitada, que si bien, pudiera ser de interés de la sociedad, ello no arroja que otorgue la capacidad de poder demandarlo o reclamarlo ante los diversos tribunales del país, máxime si el retraso alegado parte de una situación hipotética cuya conclusión es adoptada por el promovente sin sustento material alguno”.