Personal ministerial se habría excedido durante la aprehensión de July Raquel Flores Garfias en Ciudad de México,
condenada a prisión por asesinar a la Rectora de la Universidad Valladolid, en Emiliano Zapata.
Así lo afirmó la abogada, docente, investigadora y autora en Derecho, Verónica Román Quiroz durante su participación en
DefiendeTV por
alcalorpolitico.com y
TeleClic.tv.
Dentro de su ponencia en el panel "Violaciones a Derechos Humanos en el proceso penal”, moderado por Roberto Mercado, la especialista recordó la detención de July Raquel el 6 de noviembre de 2020 en la capital del país, donde fue trasladada a un inmueble de la Alcaldía Azcapotzalco por su participación en el homicidio de Guadalupe Martínez Aguilar.
Y es que
según una recomendación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), ya detenida July sufrió golpes, torturas y abuso sexual durante su traslado a Xalapa por parte de policías ministeriales.
“Es detenida la persona en una Alcaldía de la Ciudad de México, la trasladan a otra Alcaldía, en la primera es Álvaro Obregón y la trasladan a Azcapotzalco y no le dicen por qué motivo, por cuál hecho delictuoso, en qué forma de participación o quién le libró una orden de aprehensión en todo caso para que cuando llegara a Azcapotzalco se le sometiera a una revisión médica”.
La litigante advirtió que habría un exceso en la ejecución de la orden de aprehensión, entre el momento en que July Raquel es detenida en Álvaro Obregón y su puesta en disposición, dado que los agentes no dieron aviso de la ejecución de la aprehensión o si ésta es procedente con el párrafo II del Artículo 141 del Código Federal de Procedimientos Penales.
“Tenemos que decir qué tipo penal y a ella se le imputaba un hecho delictuoso, porque la Policía que la recibe en Azcapotzalco supuestamente le dice ‘oye, tienes un gran problema, se te imputa que has privado de la vida a una persona’ y entonces esto hubiera implicado que en la carpeta de investigación hubieran habido registros, actos y antecedentes para que dieran certeza y seguridad jurídica de lo que hubiera ocurrido”.
Román Quiroz dijo que le llama la atención que la detención de July ocurre en un lugar y es trasladada a otro, en donde se supone que cometieron los hechos delictuosos, ya que es trasladada de Azcapotzalco a Pacho Viejo, Coatepec, en donde al ingresar se le violan sus derechos fundamentales al no haber credibilidad de la intención del personal penitenciario o de los peritos en Medicina y Psicología que tenían que haber dado dictámenes para ver si tenía afectaciones o daños.
Señaló que hubo un diagnóstico donde se aseguró que July Raquel no presentó afectación, aunque Román Quiroz recordó que toda persona que es privada de su libertad y que no le permiten saber el motivo de su detención tendría que presentar un secuela psicológica.
Recalcó el respeto a los derechos fundamentales del procesado como uno de los objetivos dentro del Sistema Acusatorio Adversarial y que siempre se garantice una investigación libre de discriminación, sin estereotipos, con un derecho de audiencia, con la presunción de inocencia, una protección a los inocentes y con instrumentos internacionales para el acceso a la justicia.