La Cámara de Diputados aprobó este miércoles en lo general la reforma constitucional para limitar las llamadas “pensiones doradas”, con lo que se establece un tope a las jubilaciones pagadas con recursos públicos en México.
La reforma modifica el artículo 127 de la Constitución para establecer que ninguna pensión financiada con dinero público podrá superar el 50 por ciento del salario de la persona titular del Poder Ejecutivo federal, lo que actualmente equivale a alrededor de 70 mil pesos mensuales. Con esta medida, el Congreso busca poner fin a jubilaciones millonarias que durante años han recibido exdirectivos y altos mandos de empresas productivas del Estado, organismos públicos y banca de desarrollo. El dictamen aprobado en San Lázaro deriva de la iniciativa enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum y previamente avalada por el Senado de la República el 11 de marzo con 116 votos a favor.
De acuerdo con la información presentada durante el proceso legislativo, actualmente existen miles de exfuncionarios que reciben pensiones muy por encima de ese límite, particularmente en organismos como Petróleos Mexicanos, la Comisión Federal de Electricidad, la extinta Luz y Fuerza del Centro y entidades financieras del Estado.
Algunos de esos casos incluso superan el millón de pesos mensuales, lo que ha sido señalado por legisladores como un privilegio heredado de antiguos esquemas laborales dentro del sector público. La reforma establece que esos montos deberán ajustarse para que ninguna jubilación financiada con recursos públicos rebase el nuevo límite fijado en la Constitución.
De acuerdo con estimaciones presentadas durante el análisis legislativo, la medida podría generar ahorros cercanos a cinco mil millones de pesos al año para las finanzas públicas, recursos que el gobierno federal plantea destinar a programas sociales y políticas públicas.
El cambio constitucional está dirigido principalmente a pensiones de altos mandos y exdirectivos en empresas productivas del Estado y organismos públicos descentralizados. Tras su aprobación en la Cámara de Diputados, la reforma deberá ser enviada a los congresos estatales para su ratificación. Al tratarse de un cambio constitucional, se requiere el aval de al menos 17 legislaturas locales antes de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.