El Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) sancionó a Federico Salomón Molina y Roberto Ramírez Archer, presidente y tesorero respectivamente del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional (PAN) en Veracruz, tras acreditar que ejercieron violencia política en razón de género, discriminación y obstaculización de funciones en contra de Montserrat Ortega Ruiz, secretaria de Promoción Política de la Mujer y actual diputada local.
La sentencia del juicio ciudadano TEV-JDC-169/2025 es contundente: los dirigentes panistas limitaron deliberadamente el trabajo de Ortega Ruiz, impidiéndole ejercer plenamente su cargo y bloqueando recursos económicos indispensables para el desarrollo de sus funciones. Ahora se determinó incluir a los infractores en el catálogo de sujetos sancionados de este órgano jurisdiccional.
El Tribunal señaló que se le negó el acceso a presupuestos, se frenó el Programa Anual de Trabajo, se cancelaron contratos de apoyo a su área, se dejaron pagos pendientes y hasta se redujeron sus percepciones en comparación con otros secretarios del Comité, todo ello con un trasfondo de discriminación de género.
La magistrada Claudia Díaz Tablada evidenció la falta de congruencia en la resolución previa de la Comisión de Justicia del PAN, que pese a reconocer la existencia de cambios en la Tesorería, la cancelación de servicios y los problemas en la operación de los programas, concluyó sin sustento que no había violencia política. El TEV determinó que sí existieron prácticas sistemáticas para obstaculizar el desempeño de Ortega Ruiz, lo que constituyó violencia política y discriminación abierta desde la dirigencia panista.
Además de marginarla presupuestalmente, se acreditó que se le cargaba trabajo sin personal suficiente, que se le negaba apoyo logístico y que se difundieron comentarios y actitudes de intimidación que dañaron su imagen pública. El Tribunal calificó estos hechos como una agresión política con sesgo de género, que revictimizó a la militante y violentó sus derechos político-electorales.
El TEV resolvió en plenitud de jurisdicción, argumentando que la militante había sido revictimizada en múltiples ocasiones por las instancias internas del PAN, que sistemáticamente desecharon sus denuncias y se negaron a reconocer la violencia ejercida por Salomón Molina y Ramírez Archer.
Con este fallo, se ordena restituir los derechos de Ortega Ruiz y se exhibe a la dirigencia panista de Veracruz por sostener prácticas discriminatorias y de exclusión en contra de las mujeres. El resolutivo sienta un precedente incómodo para el PAN, que queda evidenciado por permitir que sus principales dirigentes convirtieran la estructura partidista en un espacio de violencia y discriminación hacia una de sus propias integrantes.