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Sección: Estado de Veracruz

EDOMEX y Veracruz mantienen liderato nacional en secuestros del ámbito federal

- Estado de México sumó 89, de enero a octubre pasado y Veracruz 55

- Tan solo en octubre, Veracruz registró 11 casos

Miguel ?ngel Barrag?n Veracruz, Ver. 04/12/2017

alcalorpolitico.com


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Después del Estado de México que registró 89, Veracruz es el segundo del país en el número de presuntos delitos por secuestro del fuero federal en los primeros diez meses de este año, con 55 casos; de los cuales la cifra más alta se dio en el mes de octubre con 11, de acuerdo al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) de la Secretaría de Gobernación (SEGOB).

En su informe “Reporte de delitos y víctimas de secuestro del fuero federal 2017”, con base en la ocurrencia de presuntos delitos registrados en averiguaciones previas o carpetas de investigación iniciadas, reportadas por la Procuraduría General de la República (PGR), instancia responsable de la veracidad y actualización de los datos.

La Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, establece en su artículo 23, párrafo primero, la competencia originaria del fuero federal para conocer de dicho ilícito cuando:

a) Se trate de los casos previstos en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.


b) Se apliquen las reglas de competencia contenidas en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y en el Código Federal de Procedimientos Penales.
c) El Ministerio Público de la Federación solicite a la autoridad competente de la entidad federativa, le remita la investigación correspondiente, atendiendo a las características propias del hecho, así como a las circunstancias de ejecución o su relevancia social.

En cambio, del segundo párrafo de dicho precepto deriva que en los supuestos no contemplados en los puntos anteriores, serán competentes las autoridades del fuero común; de ahí que con base en los criterios de vigencia del referido numeral, resulta incuestionable que a partir de la entrada en vigor de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, las autoridades estatales son competentes para conocer y resolver respecto de los delitos de secuestro y por tanto, están autorizadas válidamente para aplicar la mencionada legislación general, fuera de los casos de competencia de la Federación.



El informe “Reporte de delitos y víctimas de secuestro del fuero federal 2017”, indica que la CDMX es la tercera entidad del país con más casos de secuestro del ámbito federal al sumar 46 de enero a octubre.

El cuarto en el país en este tipo de delito es el estado de Tabasco con 16 casos; en tanto que el quinto es Guerrero, con 11.

Los cinco estados de la República antes citados, suman en conjunto 217 casos de los 279 que reporta la PGR para el periodo enero-octubre de este año, esto es, el 77.7 por ciento del total.



La información referida se genera con base en el Artículo 22 de la Ley General para Prevenir y Sancionar los delitos en materia de secuestro, reglamentaria de la fracción XXI del Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Dicho artículo señala que: La Federación, los estados, los municipios y el Distrito Federal y sus órganos político-administrativos estarán obligados a remitir al Centro Nacional de Prevención del Delito y Participación Ciudadana, conforme a los acuerdos que se generen en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública, su programa de prevención de delitos a que se refiere esta Ley. Además, deberán mantener actualizado un registro con información en materia de secuestros en su demarcación.