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Sección: Estado de Veracruz

Las palabras de la ley

El despertar de la conciencia

Salvador Martínez y Martínez Xalapa, Ver. 27/11/2024

alcalorpolitico.com

La conciencia de los Derechos Humanos despierta en México en el siglo XVI y con fray Bartolomé de Las Casas.

Octavio Paz hizo algunas aseveraciones referidas a los escritores en el campo de la literatura y, por sugestivas, aquellas afirmaciones se pueden extender a los escritores en el área del derecho. Las siguientes son las palabras del Nobel mexicano de Literatura en su libro Pasado y presente en claro. 20 años del premio nobel:

“En América la excentricidad hispánica se reproduce y se multiplica, sobre todo en países con antiguas y brillantes civilizaciones como México y Perú. Los españoles encontraron en México no sólo una geografía sino una historia. Esa historia está viva todavía: no es un pasado sino un presente. El México precolombino, con sus templos y sus dioses, es un montón de ruinas, pero el espíritu que animó ese mundo no ha muerto. Nos habla en el lenguaje cifrado de los mitos, las leyendas, las formas de convivencia, las artes populares, las costumbres. Ser escritor mexicano significa oír lo que nos dice ese presente –esa presencia. Oírla, hablar con ella, descifrarla: decirla…Tal vez después de esta breve digresión sea posible entrever la extraña relación que, al mismo tiempo, nos une y separa de la tradición europea”.



Antonio Beristain Ipiña asentiría de buen grado sobre la necesidad hodierna de transitar de una audiovisión estática a una audiovisión dinámica de las cosas, pero él hubiese deseado que la indagación se detuviera en el siglo XVIII. Así se lo hizo saber en alguna ocasión al autor de este escrito.

Sin desoír a Beristain se prestó atención a los sucesos del siglo XVIII, pero también se siguieron las pistas presentadas por el dominico mexicano Mauricio Beuchot, en su obra Derechos Humanos, Iuspositivismo y Iusnaturalismo (1995), y se efectuó la búsqueda hasta el siglo XVI.

Tal vez a los europeos les baste con remontarse en la historia hasta el siglo XVIII para interpretar la realidad e interpretarse a sí mismos, pero para los mexicanos eso no nos es suficiente, pues la conquista y los siglos de colonialismo son hitos trascendentales en el entendimiento de acciones dignas de memoria.



Según Beuchot, muchos autores aconsejan no equiparar la idea de derechos humanos con la de derechos naturales en pensadores anteriores a la Revolución Francesa y la ilustración. Ello significaría anacronismo, ya que se supone que los derechos humanos son producto del iusnaturalismo racionalista e ilustrado del siglo XVIII, de manera que aludir a los derechos humanos en otros tiempos sería hablar de una cosa muy distinta.

Mauricio Bruchot no piensa igual y, al respecto, sustenta dos tesis:




1) Esos que ahora llamamos ‘derechos humanos’ son los que eran llamados “derechos naturales” en la tradición escolástica del siglo XVI, principalmente en la escuela tomista de Salamanca.

2) Fue Bartolomé de la Casas el que más claramente vio esos derechos humanos, por su captación de los indios y de los negros como pertenecientes a la raza humana y por lo mismo como teniendo derechos que surgían del solo hecho de ser miembros de la especie.

Beuchot reconoce que esas proposiciones pertenecen a Blandine Barret-Kriegel, quien asegura que “Los derechos humanos no se inician en el iusnaturalismo ilustrado de la Revolución Francesa, sino en el iusnaturalismo escolástico de la Escuela de Salamanca, de modo especial en Bartolomé de Las Casas.” Pero, su argumento se reduce a señalar que el individualismo ilustrado no es suficiente para dar universalidad a los derechos humanos. En cambio, Las Casas se muestra como alguien que pide los derechos humanos para los indios (no europeos).



Ante esto, el filósofo mexicano trae a colación las objeciones de Michel Villey:

“Los derechos humanos son derechos subjetivos. No pudieron originarse en el tomismo porque Santo Tomás tenía una noción del derecho como algo objetivo, en tanto que la noción de derecho subjetivo o individual nace con Ockham; ...” Villey se percata, dice Beuchot, de que en la Escuela de Salamanca se admitió la noción de derechos subjetivos, y lo ve como una especie de traición a Santo Tomás.

Siempre según Beuchot, Barret-Kriegel se alegra de que los salmantinos hayan modificado así la noción tomista de derecho y de ley natural, Porque ve en ello el surgimiento de la noción de derechos humanos. Pero le falta dar más pistas para explicar ese hecho. Según el mexicano, tales pistas son las siguientes: (1) Se pasa de una noción de derecho objetivo a una de derecho subjetivo; (2) Se atiende a la dignidad del hombre; (3) Se defienden los derechos humanos para todos: (4) Principalmente para los más desvalidos, como era en ese caso los indios.



De cara a esas pistas, Beuchot formula su pregunta de investigación ¿Cómo explicar esa noción de derecho subjetivo y además ese resaltar la dignidad humana y a la vez ese universalismo? Piensa que la respuesta de Barret-Kriegel es insuficiente, pues ella insiste en la reflexión bíblica, sobre todo a través de la sangre judía de muchos de aquellos salmantinos, entre los cuales se ha colocado al propio Las Casas.

Eso puede ser cierto, pero las hipótesis de Mauricio Beuchot son las siguientes:

1) El subjetivismo del derecho viene del nominalismo ockamista. Si el subjetivismo del derecho procede de aquel pensamiento, éste se encontró filtrado de alguna manera en Salamanca, ya que Vitoria tuvo como maestro en Paris al gran nominalista John Mair o Joannes Maior, y el propio Domingo de Soto fue nominalista parisino antes de ingresar a la orden de los predicadores.



2) El relieve dado a la dignidad humana venía del humanismo renacentista, el cual también estuvo presente en Salamanca. Directamente a través del propio Vitoria, que fue amigo de Erasmo.

3) El universalismo proviene de esa concepción tomista de la naturaleza humana que dependía de su postura ontológica frente al problema de los universales. ¿De dónde vino el universalismo? De la concepción tomista de la naturaleza humana que dependía de su postura ontológica frente al problema de los universales, con lo cual se catalizaba la influencia nominalista que tendía a diluirla en el nominalismo.

Podemos ver que en Las Casas se origina la noción —no el término— de derechos humanos, por su oposición al representante del humanismo y la modernidad en la corte española: Juan Ginés de Sepúlveda.



Las Casas es el crítico de la modernidad, desde las bases teológicas y escolásticas que se conjuntaban a su humanismo renacentista. Argumenta contra Sepúlveda que los indios tenían su propia civilización, su propia cultura, su propia realización de la humanitas, esto es, reconoce el humanismo indígena, en contra del connotado humanista europeo.

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