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Sección: Estado de Veracruz

Las palabras de la ley

El voto de la mujer

Salvador Martínez y Martínez Xalapa, Ver. 20/06/2018

alcalorpolitico.com

El derecho de votar y ser electo es una misma institución y es un pilar fundamental de la democracia. Esto es, no deben verse como derechos aislados, distintos el uno del otro, pues una vez celebradas las elecciones los aspectos activo y pasivo convergen en el candidato electo, formando una unidad encaminada a la integración legítima de los poderes públicos. La mujer aún está en lucha por la paridad en el ejercicio de sus derechos políticos.

El doloroso recuerdo de Hipatia cuestiona los procesos electorales mexicanos, tanto federales como locales. La tragedia de Hipatia, filósofa neoplatónica del siglo 400 D.C., quien por acceder a las cosas del poder fue juzgada como una <<molesta entrometida>>, arrastrada hasta una iglesia para matarla y descuartizar su cuerpo. El horrendo suceso hace de aquella intelectual de alto nivel víctima de unos asesinos que, años más tarde del grave acontecimiento, fueron llamados con el lenguaje de la época desoladores símbolos del oscurantismo.

Aquí y ahora, llama la atención que una Asociación Mexicana de Consejeras Estatales Electorales sea quien clama #Alto A La Violencia Política. ¿Los símbolos del oscurantismo, esa estúpida oposición fanática al progreso, es un asunto absurdo del medioevo? O, por el contrario, ¿Tales símbolos rondan tenebrosamente nuestro presente?



Las sociedades humanas por su propia índole son violentas, aun cuando se viven periodos en los cuales prevalece la civilización y periodos en lo que vence la barbarie. Ese clamor expresa que estamos viviendo una época sujeta a esto último: México sufre una realidad genocida. El clamor se refiere a la alarma social o sentimiento de inseguridad que domina a la sociedad mexicana y que se agudiza en entidades federativas como la nuestra y en etapas político-electorales.

Recién leímos en el Portal alcalorpolitico.com (16/06/2018) que de enero a abril se cometieron en Veracruz, según algunos, 23 y, según otros, 35 feminicidios. Las Consejeras estatales electorales anhelan civilidad, ya que se percatan de que la democracia, por definición, es una técnica de convivencia orientada a la solución no violenta de los conflictos. Es normal que sean ellas quienes tengan una aguda conciencia de que es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República democrática (Constitución Política de México, Artículo 40).

También es sabido que dicha voluntad debe ratificarse en cada proceso electoral por el voto universal, libre, secreto y directo. Hoy es un principio clásico del sufragio ser universal, lo cual significa que todos los ciudadanos tienen el derecho a elegir y a ser electos sin importar su sexo, raza, idioma, ingreso propiedad, profesión estamento o clase, educación, religión o convicción política. A sabiendas de que el principio no sufre merma por el hecho de que se exijan algunos requisitos imprescindibles, como cierta edad, la nacionalidad, el estar en posesión de las facultades mentales y de los derechos civiles, así como la plena capacidad jurídica. Pero, sabido es que aún perdura la marginalidad del voto femenino.



El 17 de octubre de 1953 apareció en el Diario Oficial de la Federación un decreto en el que se anunciaba que las mujeres tendrían derecho a votar y ser votadas para puestos de elección popular. Este decreto fue el producto de una larga lucha. Pero, en realidad, no era sino una aclaración del sentido de la Constitución Política de México de 1917.

En el año 2001, el autor de estas líneas fue invitado a presenciar una elección de autoridades municipales por usos y costumbres en Santa Catalina Mina, Oaxaca, y se dio el testimonio de lo insólito. Se llegó a aquel lugar justo cuando en la asamblea se iniciaba una polémica: las mujeres no tienen el derecho de votar. Le dieron la palabra a una joven señora muy ilustrada, quien exigió el derecho al voto con sólidos argumentos, pero que, en resumidas cuentas, recogieron el principio de que la mujer y el hombre son iguales ante la ley. A los observadores nos pareció que sus argumentos no solamente fueron convincentes sino inobjetables.

Después de ella, solicitó la palabra un varón joven, escasamente veinte años y, por su juventud, se pensó que abonaría a favor del voto de la mujer. La sorpresa fue mayúscula, pues el joven aquel, en contra del pensamiento general, condicionó el voto de la mujer al cumplimiento del “tequio”, ese deber masculino de realizar tareas pesadas en beneficio de la comunidad: “Si la mujer va a votar, entonces que cumpla el tequio”.



Las mujeres votaron por primera vez en aquella comunidad. Aún se conserva en la memoria, como extendieron una reata para que la votación fuera ordenada, escribieron en una pizarra las planillas masculinas postuladas que habrían de ser electas y todos, mujeres y varones, uno a uno, fueron pasando a marcar con el gis la planilla de su preferencia.

La lección fue ilustrativa para los testigos de aquella asamblea. La distancia entre la generalidad y abstracción de la ley (o ideologización de los derechos) y la particularidad y la concreción (o concepto histórico de un derecho) es semejante a la que existe entre el dicho y el hecho. Desde entonces nos percatamos que el dilema entre la universalidad del voto y la particularización del mismo tiene solución. No basta con declarar que se tiene el derecho activo y pasivo al voto es necesario que cada ciudadana y cada ciudadano reciban este derecho y que el mismo sea respetado. No a la compra y coacción del voto. No a la manipulación.

Los protagonistas del presente comentario son los ciudadanos de la República Mexicana, esos personajes que la Constitución Política de este país nos dice que son los varones y las mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan, además, los siguientes requisitos: I. Haber cumplido 18 años, y II. Tener un modo honesto de vivir. A los cuales, la propia Ley Suprema les concede derechos específicos y les impone deberes, también específicos (Artículos 34, 35 y 36). Uno de estos, concedido como derecho e impuesto como deber, es votar en las elecciones populares. Se trata del ejercicio del derecho al sufragio universal, libre secreto y directo.



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