El supervisor escolar en la zona 023 de escuelas primarias estatales, Edgardo Odilón Martínez Vásquez, emitió una circular a las direcciones de 45 escuelas primarias a fin de que directores, docentes y personal de apoyo den cumplimiento y se eviten fricciones con los padres de familia.
El Supervisor dijo que entre las disposiciones acordadas destacan que las actividades escolares en cada centro de trabajo concluirán el día 14 de julio del 2015 y que hasta entonces los profesores deberán cumplir con los horarios establecidos y el programa educativo hacia los estudiantes.
Anunció que queda prohibido el cambio de uniforme escolar, con la finalidad de evitar gastos a los padres de familia y que se puedan reutilizar los uniformes que tengan de los mismos familiares, así como queda prohibido favorecer a una sola casa comercial y que los padres decidan dónde comprarlo.
Por el cierre de fin de cursos y la entrega de documentación correspondiente, se prohíbe estrictamente solicitar a los padres de familia aportaciones económicas para el llenado de dicha documentación, ya que eso es obligación del director o docente, lo cual está inscrito en el manual de disposiciones generales para escuelas primarias.
En los festivales de clausura se debe evitar cobrar para decorar explanada, trajes u otros, lo mismo que en caso de pintar el salón o la escuela, de ser necesario se conforma un Comité organizador de padres de familia y este será el encargado de acordar sus cooperaciones, lo mismo que ellos serán los únicos que recibirán las aportaciones económicas, los directores y docentes tienen estrictamente prohibido participar en actividades en las que se manejen recursos económicos.
Martínez Vásquez dijo que es responsabilidad del docente ingresar oportunamente la información y calificaciones de la cartilla de educación básica de nivel primaria en el programa ce.sev.gob.mx imprimirla y entregarla a la autoridad correspondiente, para atender los procesos de acreditación, certificación y promoción en las fechas establecidas.
Para que el personal docente y directivo pueda dar por concluidas sus actividades del ciclo escolar, es requisito indispensable haber entregado la documentación correspondiente a satisfacción de las autoridades educativas superiores, el documento que certificara dicha acción será el oficio de liberación.