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Sección: Estado de Veracruz

Emiten directrices para el ingreso a edificios del Poder Judicial de Veracruz

- Deberán acatarlas visitantes, abogados, peritos y servidores públicos de la dependencia

- Delegan a personal de vigilancia autorizar ingreso, negarlo o solicitar salida de instalaciones

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 23/10/2025

alcalorpolitico.com


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El Órgano de Administración de Justicia, por instrucción superior, delegó al personal de seguridad y vigilancia la responsabilidad del ingreso a todas las instalaciones del Poder Judicial de Veracruz. El personal de vigilancia podrá autorizar el ingreso, negarlo o solicitar la salida de las instalaciones.

Se está comunicando a visitantes, personas abogadas, peritas y servidoras públicas de la misma dependencia sobre las directrices que deberán observar para el ingreso a las instalaciones, con la finalidad de preservar la seguridad y el orden en las Ciudades Judiciales y Juzgados del Poder Judicial del Estado.

De acuerdo con las nuevas disposiciones para el ingreso a todas instalaciones del Poder Judicial se requiere autorización del personal de vigilancia y deberán observarse las siguientes directrices:



- Los visitantes y público en general deberán identificarse en las casetas o áreas de acceso con documento oficial vigente con fotografía, proporcionar su nombre, lugar al que se dirigen y el motivo.

- Las personas abogadas, peritas, servidoras públicas del Poder Judicial del Estado y aquellas que frecuentemente acceden a las instilaciones deberán registrarse en el sistema electrónico de identificación facial exhibiendo su cédula profesional o gafete institucional, proporcionar los datos que se les requiera y permitir la toma de una fotografía de su rostro. Si no está instalado el sistema, deberán cumplir con lo señalado en el inciso anterior.

- Para el caso de que ingresen portando bolso de mano, portafolio, maleta o bolsa de cualquier característica, deberán permitir la revisión de su interior para inhibir la entrada de sustancias u objetos prohibidos o riesgosos.



- Permitido el acceso se deberá mantener una conducta respetuosa y ordenada, por lo que se prohíben actos de violencia o que alteren el orden.

De no acatarse lo anterior o las indicaciones del personal de seguridad y vigilancia, se podrá negar el acceso o se solicitará la salida de las instalaciones judiciales.