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Sección: Estado de Veracruz

Emiten lineamientos para integrar el Padrón Estatal de Medios

Tendrá vigencia de un año; estar en él no implica la obligación del Gobierno de dar contrato

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 07/07/2021

alcalorpolitico.com

La Coordinación General de Comunicación Social del Gobierno del Estado publicó los Lineamientos para integrar el Padrón Estatal de Medios de Comunicación, que tendrá vigencia de un año.

Los Lineamientos establecen las bases y procedimientos a seguir, entre los que destacan que las personas físicas y morales, entendiéndose por ellas como Medios de Comunicación, que soliciten su ingreso al Padrón Estatal no deberán encontrarse en estado de inhabilitación por parte de la Secretaria de la Función Pública, la Contraloría General del Estado o cualquier otro ente estatal o federal.

En los Lineamientos emitidos por Iván Joseph Luna Landa, coordinador general de Comunicación Social, señalan que el empadronamiento de los medios de comunicación en ningún caso, por ese sólo hecho, implicará la obligación de contratación por parte de los entes públicos.



También señala que, iniciado el trámite o autorizada la inscripción en el Padrón Estatal de Medios de Comunicación y en caso de advertirse que se presentó documentación o información falsa o alterada, o simulen el cumplimiento del requisitos o reglas establecidas,se dará de baja en el padrón, sin perjuicio de las sanciones previstas en las leyes aplicables.

Para el registro las personas morales deberán presentar el Acta Constitutiva y Modificatoria (en caso de existir) y estar inscritas en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio; así como identificación oficial vigente de quien acredite ser representante en términos de ley y en su caso, poder notarial suficiente.



En el caso de las personas físicas, será requerida su identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte, cedula profesional, principalmente).

Además, tendrán que presentar formato de cumplimiento de obligaciones fiscales, emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), acompañado de la constancia de situación fiscal acreditando la actividad relacionada al objeto del Padrón Estatal de Medios de Comunicación, con una antigüedad no mayor a tres meses.

También se establece que con la finalidad de mantener actualizado el Padrón Estatal de Medios de Comunicación, las personas interesadas o sus representantes legales expedirán una carta compromiso en la que se obligan a informar inmediatamente si el medio de comunicación ha suspendido temporalmente su actividad o en su defecto, el no funcionamiento del mismo.



Los medios de comunicación que soliciten su ingreso al Padrón Estatal deberán de anexar en documento membretado y firmado por la persona interesada, que contendrá lo siguiente: tarifas vigentes con impuestos incluidos; evidencia de circulación y cobertura geográfica; público objetivo, consumidores de su producto y clasificación de sus contenidos.

Una vez identificada y analizada la documentación aportada por los solicitantes, la Coordinación General de Comunicación Social, a través de la Dirección General de Comunicación Directa, en un plazo de 10 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud, determinará si es procedente o no la inscripción al Padrón Estatal de Medios de Comunicación, emitiendo en el caso de autorización el folio y la constancia de inscripción correspondientes, mismos que serán enviados al correo electrónico proporcionado en la solicitud.

En caso de que el medio de comunicación o la persona física no reúna alguno de los requisitos previstos en los artículos precedentes, se determinará improcedente la inscripción al Padrón Estatal notificándose al interesado el motivo.