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Sección: Estado de Veracruz

Emitió la Contraloría lineamientos y manual para entrega-recepción de entes estatales

Desde titulares de dependencias hasta jefes de departamento, obligados a entregar informe

Javier Salas Hern?ndez Xalapa, Ver. 21/04/2018

alcalorpolitico.com

A poco más de siete meses de la conclusión del periodo constitucional del actual Gobierno de Veracruz y para un correcto cierre, la Contraloría General del Estado emitió los Lineamientos en Materia de Entrega y Recepción del Poder Ejecutivo, así como de la separación de cualquier servidor público de su empleo, cargo o comisión dentro de la Administración Pública Estatal y el respectivo manual.

Están obligados a realizar la entrega y recepción de sus áreas, desde el titular hasta el nivel de Director de Área en las dependencias, de Subdirector en las entidades y Jefes de Departamento; y el incumplimiento de las disposiciones originará el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa, independientemente de la responsabilidad penal o civil que en su caso resulte.

En las actas circunstanciadas deberán quedar asentados pasivos, cuentas pendientes por cobrar, ahorros y economías no devengadas, recursos a comprobar, pasivos circulantes, recursos a reintegrar, saldos depurados, registros de activos fijos, conciliaciones bancarias, compromisos institucionales, y relación de acreedores, principalmente.



Además, el personal comisionado deberá incorporarse a su centro de trabajo antes del día en 30 de noviembre de este año; en caso de requerirse readscripciones de personal, y la fecha límite para contratar personal será a más tardar el día 15 de noviembre, con excepción a las que se realicen para sustituir a quien deje de prestar sus servicios al Estado.

Cada una de las dependencias y entidades, deberán tener actualizada la plantilla del personal, debiendo estar conciliada con la nómina y de acuerdo con la estructura orgánica autorizada y el reglamento interior vigente.

Las unidades administrativas en coordinación con su área jurídica deberán mantener un estricto control de todos los juicios laborales pendientes de resolver, estimando y registrando su monto en el pasivo contingente (cuentas de orden), incorporando esta información en el acta y formato correspondiente de entrega y recepción.



Las unidades deberán contar con los manuales administrativos de la dependencia o entidad actualizados y autorizados; en lo que corresponde a los manuales de organización y de servicios al público, estos se publicarán en Internet a más tardar el 30 de septiembre.

La fecha límite para el trámite de los recursos sujetos a comprobar es el 31 de agosto.

Las unidades, al 28 de septiembre, deberán tener depurados los saldos reflejados en pasivo de las cuentas por pagar y acreedores diversos.



Las unidades deberán conciliar al 28 de septiembre, que los compromisos de pago que cuentan con disponibilidad presupuestal estén registrados contablemente.

Las obligaciones contraídas por las unidades con proveedores, contratistas o prestadores de servicios, por concepto de bienes, servicios y obra pública, pendiente de pago al 31 de agosto, deberán quedar contabilizadas como pasivos en los registros contables a esa misma fecha y mantenerse actualizados.

Será responsabilidad indelegable de los titulares de las dependencias y entidades realizar las acciones conducentes para garantizar el correcto cierre de la administración y la entrega y recepción de los asuntos que competen a la instancia a su cargo.



En cada una de las dependencias y entidades se deberá integrar un Comité de Entrega, y en la primera sesión de instalación el orden del día contendrá como mínimo los siguientes puntos:

Calendario de sesiones a realizar, integración del estadístico del número de puestos obligados a elaborar su acta circunstanciada de entrega y recepción (el documento deberá contener los datos que permitan una plena identificación del área y su titular o encargado de despacho, nombre del enlace designado para elaborar el acta circunstanciada e integrar el expediente de entrega y recepción de cada una de las áreas obligadas).

En las sesiones posteriores cada titular de área deberá informar al Comité de Entrega el estatus que guarda la elaboración de cada uno de los anexos aplicables a las áreas obligadas a la entrega.