Ahora que se lleva a cabo el escrutinio y cómputo de la elección de juzgadores federales y en caso de empates entre 2 candidaturas a un mismo cargo, dicha candidatura se declarará vacante, y la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura y la Suprema Corte de Justicia de la Nación serán las instancias que determinen lo conducente.
Debido que ni en la reforma constitucional ni legal quedó establecido qué hacer en caso de empates, el Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó el procedimiento para atender los supuestos de empate entre 2 candidaturas a un mismo cargo.
Así, durante la etapa de asignación de cargos se deberá seguir el siguiente procedimiento:
Una vez agotado el procedimiento de verificación de requisitos de elegibilidad, así como la asignación paritaria de los cargos, el Consejo General del INE identificará el universo de candidaturas que se encuentren en un supuesto de empate y advierta, que por los votos obtenidos le correspondía un cargo.
Una vez que se identifiquen las candidaturas que cumplan con los anteriores criterios, se declarará el empate legal, lo cual tendría como consecuencia jurídica que no serán sujetas de asignación de cargo alguno, por lo que, se informará que se encuentran como vacantes derivado de no contar con una persona ganadora, según el tipo de elección de que se trate.
Cuando el Consejo General determine el empate legal y la vacancia de los cargos a ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, de magistradas y magistrados de Circuito y de juezas y jueces de Distrito, según sea el caso, el Consejo General deberá informar a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), para los efectos legales conducentes.
Para el caso de magistraturas electorales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el Consejo General del INE deberá informar al Consejo de la Judicatura y al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de manera inmediata para que determine lo que en derecho corresponda.
Además, el Consejo General del INE deberá hacerlo de conocimiento al Consejo de la Judicatura del Poder Judicial de la Federación y al Senado de la República.