El personal del Poder Judicial de Veracruz tendrá este año 18 días inhábiles y 2 periodos vacacionales (verano e invierno), cada uno de 15 días hábiles.
El Órgano de Administración Judicial aprobó el Acuerdo por el que se determinan los periodos vacacionales de verano e invierno, así como los días inhábiles en todas dependencias del Poder Judicial del Estado, de febrero de 2026 a febrero de 2027
Con base al Acuerdo se declararon inhábiles en el presente año, los días 2 de febrero, en conmemoración del 5 de febrero; 16 de marzo en conmemoración del 21 de marzo que es sábado.
1 y 4 de mayo, éste en conmemoración del 5 de mayo que es martes; 15 y 16 de septiembre; 12 y 19 de octubre, el segundo en sustitución del 21 de octubre que es miércoles.
2 y 3 de noviembre, este último en sustitución del 1 de noviembre que es domingo; 16 de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre y 25 de diciembre de 2026, así como el 1 de enero de 2027.
Igualmente, se declaran inhábiles los días 1, 2 y 3 de abril en que se celebrará la Semana Santa; 11 de mayo en sustitución del 10 que es domingo; 14 de septiembre y 30 de octubre.
Durante el período vacacional de verano habrá dos turnos, el primero comprenderá del 13 al 31 julio y el segundo del 10 al 28 de agosto.
El periodo vacacional de invierno también habrá dos turnos, el primero del 14 de diciembre de 2026 al 5 de enero de 2027 y el segundo del 11 al 29 de enero de 2027.
En el primer turno de los periodos vacacionales, en el Tribunal Superior de Justicia funcionará una Sala de Guardia, que se integrará por tres Magistraturas y una Secretaría de Acuerdos, para el despacho de los asuntos urgentes, personal que será designado por el Pleno de dicho Tribunal y que posteriormente hará uso de sus vacaciones.
En el Órgano de Administración Judicial y en las Actuarías Municipales, no quedará guardia alguna, por lo que se suspende el trámite procesal y los términos judiciales hasta que se reanuden las labore oficiales.
El Tribunal Conciliación y el de Disciplina Judicial, en la materia de justicia para adolescentes, en el Juzgado y en la Saia de Justicia para Adolescentes, en materia penal tradicional, en los Juzgados de Primera Instancia que conocen de justicia familiar, y en los Juzgados de Primera Instancia je Proceso y Procedimiento, las actividades no se interrumpirán las actividades en los periodos vacacionales y se quedarán de guardia los titulares con el número indispensable de personal para atender los asuntos de naturaleza urgentes.