De acuerdo a lo estipulado en la Ley Federal de Protección al Consumidor, la empresa de banquetes "Pacto de Amor", ha incurrido en violaciones graves y puede ser acreedora a una multa que va desde los 140 mil hasta los 3 millones de pesos y la clausura definitiva del negocio.
Al referir lo anterior, el abogado de una persona defraudada por esta empresa y quien prefirió guardar el anonimato, debido a que mantienen un proceso abierto en contra de este negocio, dijo que "Pacto de Amor" ya ha sido denunciada en varias ocasiones por fraude.
Lo anterior, debido a reiteradas fallas en la prestación de servicios, mismas que constan en varias carpetas de investigación abiertas en la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) Delegación Xalapa.
Diversas informaciones han confirmado que la empresa representada por Alejandro “N” y Karla Gabriela “N”, se encuentra identificada por personal de la PROFECO Xalapa, como una empresa con comportamientos fraudulentos de carácter reiterativo.
Bajo denuncia formulada en las oficinas de esa dependencia, se establece que “Pacto de amor” pudo incurrir en actos que violan el artículo 32 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, al proporcionar información engañosa, parcial y abusiva que induce al error o confusión por la manera inexacta, parcial, falsa, exagerada y tendenciosa en la que es presentada.
Según lo declarado, el
modus operandi de esta empresa consiste en la promoción exagerada de sus servicios, utilizando en redes sociales promociones inexactas y fotografías sustraídas de otros servicios de banquetes presentados como propios.
Dicha información induce a la firma de un contrato que no se encuentra avalado por el Buró Comercial de la PROFECO.
Al momento de la firma “se presenta un contrato confuso y que de manera fraudulenta incluye cláusulas punitivas hacia el cliente y sin estipular la reparación del daño por parte del prestador de servicios, en caso del fallo de éste último; además de contener rayones, tachaduras y enmendaduras", expuso el abogado.
Del mismo modo, agregó, el proveedor de servicios se ha negado a otorgar constancias de pago (facturas) de establecimientos dados de alta en el Servicio de Administración Tributaria.
De acuerdo con diversas consultas jurídicas, esta conducta puede ser constitutiva del delito de fraude con penas que van de 3 a 12 años de prisión y multas de hasta 120 veces el salario mínimo de acuerdo al Código Penal vigente.
Por tal motivo, los afectados alertan a la población sobre esta empresa que se publicita en redes sociales y exhortan a quienes han sido defraudados a que presenten las denuncias correspondientes en la PROFECO, pues ya existe un archivo sobre los actos fraudulentos de “Pacto de Amor”.