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Universidad Anahuac

Sección: Estado de Veracruz

En emergencias, ganaderos que muevan hato no requerirán acreditar propiedad

Será cuando haya alguna contingencia climática o sanitaria, decretada por PC

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 09/12/2022

alcalorpolitico.com


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Los ganaderos veracruzanos están autorizados a mover su ganado sin la necesidad de comprobar la propiedad de los animales, en casos en que la salud e integridad del ganado se vea afectada de manera inminente ante situaciones de emergencia o desastre.

Evaristo Ovando Ramírez, secretario de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca, emitió un Acuerdo Complementario de Medidas Preventivas para la Movilización del ganado, que brinda apoyo y facilidades para que los semovientes puedan moverse de manera oportuna cuando haya una contingencia climática o sanitaria, decretada por la Secretaría de Protección Civil.

La Ley Ganadera para el Estado de Veracruz, en el Artículo 70, señala que en casos urgentes, como epidemias e inundaciones en los que no dé tiempo para acudir a las oficinas de la Asociación Ganadera Local para la expedición de la Guía de Tránsito, los arreos de un potrero a otro podrán efectuarse comprobando la propiedad con la patente del criador o con la factura que acredite la propiedad y el instrumento de identificación para trazabilidad y rastreabilídad de movilidad animal autorizado por el Estado.



Sin embargo, el Acuerdo Complementaria establece que durante la emergencia se suspenderá la revisión de todos los requisitos y documentos previstos para la movilización de animales mediante arreos en los casos mencionados anteriormente dentro de la entidad veracruzana.

El apoyo y las facilidades para la movilización en las zonas de riesgo se brindarán mientras se encuentren vigentes las declaratorias de emergencia y desastre; y concluida la declaratoria de emergencia y desastre, los productores ganaderos regularizarán administrativamente la movilización del ganado realizada.

Será la Dirección General de Ganadería de la SEDARPA, la instancia que brindará el apoyo y las facilidades administrativas a todos los productores ganaderos del Estado de Veracruz, que requieran realizar la movilización de los semovientes mediante arreos, en los casos en que la salud e integridad del ganado se vea afectada de manera inminente ante situaciones de emergencia o desastre en los municipios que determine la Secretaría de Protección Civil, mediante declaratoria de emergencias o desastres.