María Concepción del Carmen Cortés Galindo, mujer adulta mayor, tuvo que recurrir al juicio de amparo después de que dentro de un procedimiento civil se le exigieran diversos elementos para acreditar que el nombre utilizado durante su vida de soltera y el empleado después de contraer matrimonio correspondían a la misma persona.
Las exigencias fueron impuestas por el juez Primero de Primera Instancia Civil del Distrito Judicial de Tuxpan, Blas Martínez Cruz, y llevaron a la promovente a acudir ante la Justicia Federal mediante el juicio de amparo 200/2026.
El Juzgado Octavo de Distrito en Tuxpan concedió la protección de la Justicia Federal al considerar que las exigencias cuestionadas representaron una barrera para el acceso efectivo a la justicia y tuvieron implicaciones en sus derechos a la igualdad y a ser juzgada con perspectiva de género. Sin embargo, el problema no concluyó con la sentencia federal, pues de acuerdo con su representación legal, la promovente continúa enfrentando requerimientos y trámites que dificultan la realización de actos procesales y generan gastos y pérdida de tiempo.
El abogado Mario Miguel Soto Cristóbal, quien encabeza la defensa junto con los también litigantes Enrique Sosa Santiago, Norma Jazmín Cuervo Santiago y César Alejandre Espejo, señaló que las exigencias impuestas durante el procedimiento civil representaron una carga innecesaria para la afectada.
La defensa considera que el acceso a la justicia no debe quedar condicionado a la realización de trámites que puedan convertirse en obstáculos desproporcionados, particularmente cuando se trata de una persona adulta mayor.
En su sentencia, el Juzgado Federal ordenó al juez Blas Martínez Cruz dejar insubsistente la resolución de 23 de marzo de 2026, dictada dentro del expediente 425/2025-V.
También ordenó emitir una nueva resolución en la que se atiendan los agravios planteados en el recurso de revocación interpuesto contra el auto de 28 de enero de 2026, tomando en cuenta los argumentos establecidos por la autoridad federal.
No obstante, el abogado sostuvo que continúan presentándose prácticas que complican el desarrollo de los procedimientos, entre ellas la solicitud por escrito de fechas y actos procesales que anteriormente podían realizarse de manera más sencilla cuando existían espacios disponibles en las mesas de trámite.
Según la defensa, estas exigencias obligan a los usuarios de los servicios de justicia a realizar más gestiones, invertir tiempo y efectuar gastos adicionales, cuando el objetivo de los órganos jurisdiccionales debería ser facilitar el ejercicio de los derechos de los ciudadanos.
El caso también pone en discusión la situación de mujeres que utilizan su nombre de soltera y posteriormente el correspondiente a su estado civil, pues la representación legal sostiene que esa circunstancia no debería convertirse en una barrera para acreditar su identidad y ejercer derechos ante los tribunales.
La preocupación de la defensa es que, aun después de una resolución federal que reconoce la existencia de obstáculos al acceso a la justicia, continúen prácticas que, desde su perspectiva, producen efectos similares.
Ante ello, el abogado hizo un llamado al Órgano de Disciplina Judicial del Poder Judicial del Estado de Veracruz para que revise el actuar del juez Blas Martínez Cruz y, en su caso, determine si las prácticas señaladas ameritan alguna intervención. La representación legal sostuvo que el objetivo no es únicamente resolver el caso particular de María Concepción del Carmen Cortés Galindo, sino evitar que otros ciudadanos, especialmente mujeres adultas mayores, tengan que recurrir a un juicio de amparo para superar trámites que consideran innecesarios dentro de un procedimiento judicial.