Pacientes con cáncer del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) se enfrentan a la necesidad de recurrir a amparos para recibir atención médica oportuna en Veracruz, debido a los amplios plazos para obtener consultas y tratamientos.
Un caso reciente involucra a un derechohabiente que presentó una demanda de amparo contra la Delegación Veracruz Norte del IMSS, tras la negativa de proporcionarle el medicamento Pazopanib, necesario para tratar su cáncer renal con actividad tumoral ósea en la vértebra T12.
El Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Veracruz admitió la demanda bajo el expediente 71/2025-I-B y concedió la suspensión de plano, ordenando al IMSS suministrar de inmediato el medicamento. “De no tomarse medidas, podría peligrar la salud y eventualmente la vida del quejoso”, señaló el juez en la resolución.
Sin embargo, el derechohabiente informó posteriormente que el personal del Hospital de Especialidades No. 14 del Centro Médico Nacional "Adolfo Ruiz Cortines" se negó a realizar las gestiones para entregarle el medicamento. A pesar de la orden judicial, el IMSS argumentó que no podía surtir el Pazopanib porque no estaba prescrito en la última consulta del paciente. Además, el hospital programó una nueva cita en oncología y solicitó un gammagrama óseo para determinar la necesidad del medicamento.
El Juez reiteró que las autoridades deben priorizar el derecho a la salud establecido en el artículo 4º de la Constitución. “Las autoridades responsables deben ponderar en todo momento la salud del impetrante del amparo”, afirmó, advirtiendo que cualquier omisión será responsabilidad directa de las instituciones involucradas. Ante la falta de cumplimiento, el juzgado impuso un apercibimiento, indicando que la omisión podría resultar en multas de hasta mil Unidades de Medida y Actualización (UMA).