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Sección: Estado de Veracruz

Encargada de Juzgado de Filomeno Mata certificó contrato apócrifo; exigen sanción

- Ciudadana expone que buscan despojarla de predio usando firma y huella falsas de su padre

- Reprocha que pese a pruebas periciales a su favor, Consejo de la judicatura no ha procedido

28/12/2024

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C. Director de alcalorpolitico.com

Entabladero, Espinal, Veracruz a 27 de diciembre de 2024

La que suscribe María Cabrera Texco, indígena, ama de casa, y mayor de edad, con domicilio en la calle Miguel Hidalgo s/n de la comunidad de Entabladero, Espinal, Veracruz, me dirijo a usted con el mayor de los , solicitando su ayuda para que se publique una petición de ayuda ante quien corresponda para que se me haga justicia y se castigue a la Lic. María de los Ángeles Castillo Simbrón, encargada del Juzgado de Filomeno Mata por haber certificado un contrato privado de compraventa apócrifo con el que se me pretende despojar de un solar que me heredó mi finado padre Gilberto Cabrera Juárez. La relatoría del caso se la expongo a continuación adjuntándole las pruebas pertinentes:



PRIMERO: Con fecha 1 de marzo del 2023 me dirigí a la Presidenta del Consejo de La Judicatura, vía correo electrónico, para “solicitarle su intervención ante quien corresponda para que con fundamento en los artículos 9, 15, 60 fracción III y 95 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial del estado de Veracruz y 10 fracción VI, 42 y 287 fracción I del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Veracruz , se envíe una supervisión al Juzgado Municipal de Filomeno Mata, Veracruz, en virtud de que con fecha 13 de mayo del 2015 la titular de ese Juzgado y encargada de despacho por ministerio de ley, María de los Ángeles Castillo Simbrón (hasta este momento), certificó un contrato privado de compraventa en el que aparece el nombre de mi finado padre Gilberto Cabrera Juárez, en el que de ninguna manera pudo haber participado (anexos 2 y 3: contrato y certificación del mismo), toda vez que en la supuesta fecha en que mi padre firmó ese documento privado (seis días antes de que falleciera), él (mi padre) se encontraba postrado en su domicilio en Las Lomas, Coyutla, Veracruz, muy grave. No podía hablar ni caminar y esta servidora y demás familiares, en esas fechas, lo asistíamos hasta para ir al baño debido a que en los últimos 7 días antes de fallecer padecía de insuficiencia renal aguda (anexos 4 y 5: certificado medico con certificación del Registro Civil de Coyutla, Veracruz y acta de defunción), por lo que es evidente que esa certificación que hace la encargada de despacho del Juzgado de Filomeno Mata, la realiza con dolo y mala fe (véase tan sólo que la fecha de celebración del contrato privado es 29 de mayo de 2015, mientras que la fecha de certificación del contrato es 13 de mayo de 2015) para demostrar falsamente el consentimiento de mi padre en un acto jurídico que nunca se realizó”. (ANEXO 1: Adjunto correo electrónico)

SEGUNDO: Con fecha 3 de marzo de 2023, me presenté en las instalaciones del Consejo de la Judicatura para ratificar mi queja en contra de la licenciada María de los Ángeles Castillo Simbrón por certificar un contrato privado de compraventa apócrifo, en perjuicio de esta servidora como heredera única de mi padre finado Gilberto Cabrera Juárez (ANEXO 2: Adjunto acuse de recibo y ratificación de queja).

TERCERO: Con fecha 13 de marzo de 2023, mediante oficio número 005477 signado por el C. Lic. Víctor Luis Priego López , secretario de acuerdos del Consejo de la Judicatura, recibí respuesta en la que se menciona lo siguiente: “Al respecto, se le hace saber que atendiendo a su petición y atribuciones conferidas a este órgano colegiado en los artículos 95, 103, fracción i y 112, párrafo segundo, de la Ley Orgánica de la materia, 5,6, 7 fracción i, 46, 48 y 49 del reglamento interior en consulta, se comisionará al Juez de Primera Instancia competente para la práctica de la visita judicial solicitada al juzgado municipal de Filomeno Mata”. (ANEXO 3: Se adjunta oficio No. 005477 de fecha 13 de marzo del 2023).



CUARTO: Con fecha 23 de septiembre de 2024, la Lic. Mariana Bermúdez Cruz, perito tercero en discordia, nombrada por el Juez Segundo de Primera Instancia de Papantla, Veracruz, en su dictamen pericial de dactiloscopia forense (anexo 4.- Dictamen pericial tercero en discordia), relativo al contrato privado de compraventa a que me refiero en los puntos PRIMERO y SEGUNDO, concluyó lo siguiente: “Dado que sus directrices y parte proporcional de los núcleos de las huellas comparadas son distintas, huellas difieren entre sí. Por lo consiguiente no corresponden a la misma persona, esto es que, dado que sus directrices y parte proporcional de los núcleos de las huellas comparadas son distintos, dichas huellas difieren entre sí y no existen similitudes, las huellas dubitadas no pertenecen y no corresponden al C. Gilberto Cabrera Juárez en el contrato privado de compraventa de fecha 29 de mayo de 2015”.

El original de dicho dictamen se encuentra en el expediente del juicio civil 1695/2022/III en el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Papantla, Veracruz, y con ello ha quedado demostrado el evidente dolo, mala fe y demás delitos que se cometieron con la ratificación de firmas que realizó la licenciada María de los Ángeles Castillo Simbrón, titular del juzgado Municipal de Filomeno Mata, Veracruz, en perjuicio de esta servidora, al certificar un contrato privado de compraventa apócrifo.

Por todo lo anteriormente expuesto, le solicito con el mayor de los respetos que, dado el tiempo transcurrido a esta fecha sin que haya una respuesta o sanción en contra de la Lic. María de los Ángeles Castillo Simbrón, titular del juzgado Municipal de Filomeno Mata, Veracruz, haga pública mi petición de ayuda ante quien corresponda, para que se me haga justicia.



Por la atención que se sirva prestarme le manifiesto mi agradecimiento y consideración distinguida.

Atentamente:

María Cabrera Texco



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