El Plan Municipal de Desarrollo de Xalapa para el periodo 2022-2025 será elaborado por un despacho, esto luego de que el Cabildo autorizara al alcalde Ricardo Ahued Bardahuil y a la síndica única, Cecilia Leyla Coronel Brizio, en representación del Ayuntamiento, a firmar el respectivo contrato.
El aval unánime de los integrantes de la comuna, y que fue publicado en la Gaceta Municipal, se fundamenta en lo dispuesto por los artículos 28 segundo párrafo, 33 Bis fracción III, 35 fracción 36 fracción VI y 192 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio Libre.
La referida normatividad mandata elaborar, aprobar, ejecutar, evaluar, actualizar y publicar el Plan Municipal de Desarrollo, incorporando en éste los principios de igualdad y no discriminación establecidos en las Constituciones Políticas Federal y Estatal, así como lo previsto en los tratados internacionales en materia de derechos humanos.
Mientras que el artículo 44 de la Ley de Planeación para el Estado de Veracruz estipula que su elaboración o, en su caso, actualización, aprobación y publicación tendrá un plazo improrrogable de cuatro meses, contado a partir de la fecha de la toma de posesión de los Ayuntamientos respectivos; por lo que el mismo debería estar listo antes de terminar el mes de abril.
Asimismo, el numeral 52 de dicho instrumento jurídico señala que el Plan Municipal de Desarrollo y sus programas, previa autorización del órgano de gobierno del Municipio, se enviará para su aprobación al Congreso del Estado, y serán de observancia obligatoria para la Administración Pública Municipal de que se trate.
Este documento, conforme al INAFED, es el instrumento rector del desarrollo integral del Municipio, resultado fundamental del proceso de planeación que se genera y establece en el ámbito municipal.
En él se expresa la concertación de voluntades y acuerdos de las comunidades y ciudadanos organizados con sus Ayuntamientos, y los mecanismos de coordinación con los niveles estatal y federal.
El plan contiene los objetivos, propósitos y estrategias para el desarrollo del municipio, y define las principales políticas y líneas de acción que el Ayuntamiento deberá tomar en cuenta para la elaboración de sus programas operativos anuales.
Debe elaborarse o actualizarse al inicio de cada periodo constitucional de la administración municipal, para lo cual el presidente municipal convocará a las comunidades y a las organizaciones ciudadanas, para que participen e intervengan en su diseño, formulación y definición.
El INAFED sostiene que, con el plan municipal de desarrollo, el Municipio cuenta con un instrumento que plasma las necesidades básicas a satisfacer y un catálogo de programas, con los cuales tratará de resolverlas.
Por lo cual es una herramienta útil para organizar el trabajo de la administración pública municipal y sirve también para inducir y concertar actividades con los grupos y organizaciones interesados en contribuir al desarrollo del municipio.